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en los medios de verificación proporcionados, como se detalla en el Anexo DAE-AD-01-SEG-01; informando a
esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, las mejoras realizadas y acciones emprendidas.

Lo anterior, debido a que incumplió con lo establecido en la Ley Estatal de Planeación, artículos 40 y 75; Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 4 párrafo séptimo; Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 6, 7 inciso a) fracción III, 157, 158 primer
párrafo, 160 y 162 incisos a), c) y d); y Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal
2022, artículo 5 párrafo primero; que a la letra dicen:

           Ley Estatal de Planeación.

           Artículo 40. “Son objeto de seguimiento y evaluación de desempeño los programas y proyectos que integren el PED y los
           planes del SIEP, independientemente de su fuente de financiamiento. El seguimiento y la evaluación se realizarán con base
           en la recopilación, análisis y reporte de información sobre el cumplimiento de objetivos, indicadores y metas definidos con
           los recursos públicos asignados”.

           Artículo 75. ”Para cada programa, sub programa y proyecto de inversión, de acuerdo a las definiciones de la Federación,
           se deberá formular matrices de indicadores bajo el enfoque de marco lógico que facilite la consistencia entre el presupuesto
           y los planes para garantizar su control y evaluación.
           En el caso de los proyectos de inversión la matriz definirá indicadores de producto que contribuyan al logro de resultados
           e impactos de sus correspondientes programas y sub programas“.

           Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

           Artículo 4, párrafo séptimo. “Los Ejecutores de gasto deberán vigilar el balance presupuestario de sus operaciones, así
           como el cumplimiento de metas y objetivos de los programas presupuestarios en los que participe“.

           Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

           Artículo 6. “Dentro de su ámbito de competencia los titulares de las Dependencias y Entidades, así como las Unidades de
           administración, son responsables de planear, programar, presupuestar, ejercer, controlar y evaluar sus programas
           conforme a la Ley, al presente Reglamento, a los Acuerdos, lineamientos, manuales, catálogos, glosarios y demás
           disposiciones legales aplicables.
           Los resultados obtenidos se medirán a través de indicadores de desempeño”.

           Artículo 7. ”Son obligaciones a cargo de las Dependencias y Entidades entre otros, los siguientes:
           a) Titulares de las Dependencias y Entidades:
           III. Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual participe”.

           Artículo 157. ”Las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán registrar en el
           Sistema electrónico que se determine por la Secretaría, los avances que demuestren el cumplimiento de las metas
           comprometidas en los indicadores de las MIR, de conformidad con la frecuencia de medición”.

           Artículo 158, primer párrafo. ”En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas
           Presupuestarios deberán capturar las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o
           menor, así como de aquellos cuya periodicidad sea mayor a la anual, pero cumpla la meta en el ejercicio vigente”.

           Artículo 160. ”Las metas establecidas para los indicadores podrán ser actualizados por las Dependencias y Entidades en
           el segundo informe trimestral, cuando se detecte que estas pueden ser excedidas o disminuidas derivadas de las
           condiciones sociales o económicas.
           Las actualizaciones de los indicadores o de las metas dentro de la MIR podrán realizarse previa justificación ante la
           Secretaría”.

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