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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 se aprecia en el cuadro que precede; de igual manera, se observó que no canceló la documentación
comprobatoria con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de aportaciones con
el que fue financiada, incumpliendo a lo señalado en los artículos 34 y 70 fracción II de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental que dispone que la contabilización de las transacciones
de gasto se hará conforme a la fecha de su realización, y que establece la obligación de cancelar
la documentación comprobatoria con la leyenda “operado”, identificando el nombre del fondo de
aportaciones, programa o convenio respectivo.
Así también, se constató que el municipio efectúo las retenciones del 5% al millar en cantidad
de $29,113.68 (Veintinueve mil ciento trece pesos 68/100 M.N.) y del 3% Impuesto sobre
Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en cantidad de $32,525.20 (Treinta y dos
mil quinientos veinticinco pesos 20/100 M.N.), sin embargo, no presentó la documentación
relativa a los enteros del 5 al millar en cantidad de $29,113.68 (Veintinueve mil ciento trece
pesos 68/100 M.N.), por lo que el ente fiscalizado, no acreditó haber efectuado los enteros de las
retenciones ante la tesorería municipal; incumpliendo con lo establecido en el artículo 94 Bis C de la
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Oaxaca; 68 fracción I, 71 fracción III, 73 fracción III, 95
fracciones I, II, VIII y XII y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, que imponen
a las autoridades municipales la obligación del ejercicio responsable y vigilancia de los recursos
públicos, y, actualizando el supuesto normativo previsto en el artículo 85 fracciones III y V de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, que establece las sanciones en caso de no tener o no
realizar los registros contables y no conservar, en los términos de la normativa, la documentación
comprobatoria de los egresos.
Adicionalmente a lo anterior, analizando la estructura financiera de la obra en revisión, se identifica
que el contrato de obra pública con número CPU/FISMDF/YAXE/561/003/2021 de fecha 18 de
marzo de 2021, fue autorizado con la siguiente estructura:
FONDO SUBTOTAL IVA TOTAL
$5,822,736.25 $931,637.80 $6,754,374.05
Ramo 33, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura So- $931,637.80 $6,754,374.05
cial Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito $5,822,736.25
Federal (F-III)
De la confronta de la información de las fuentes de financiamientos antes citadas con los registros
contables y presupuestarios realizados, se desprende lo siguiente:
Respecto al pago de la Estimación 7 (Finiquito), se observa que el ente fiscalizado registró
contablemente y afectó al presupuesto en la póliza Diario 001909 de fecha 27 de diciembre
de 2021, la cantidad de $2,583,229.84 (Dos millones quinientos ochenta y tres mil doscientos
veintinueve pesos 84/100 M.N.), con afectación contable al Ramo 33 Fondo III Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal (FIMS-DF), del cual no se identifica el cheque del cual dispuso, ni se identifica en el
estado de cuenta el pago realizado; en razón de lo anterior, se contravienen las disposiciones legales
contenidas en los artículos 134 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 68 fracción
I, 71 fracción III, 73 fracción III, 95 fracciones I, VII y VIII, 124 y 126 de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Oaxaca, que señalan la obligación del ejercicio responsable y la vigilancia de los
recursos públicos.
No se omite mencionar que, de acuerdo a la revisión efectuada al estado de cuenta número
1132709830 de la institución bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A. Institución de Banca
Múltiple Grupo Financiero Banorte, correspondiente al Ramo 33 Fondo III Fondo de Aportaciones
para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FIMS-DF), se identifica en fecha 29 de diciembre de 2021, un importe transferido a la empresa
COMERCIALIZADORA Y PROTECCIONES ERGON S.A. DE C.V., en cantidad de $1,000,000.00
(Un millón de pesos 00/100 M.N.), el cual no se encuentra registrado en la contabilidad del
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