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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022  En la partida “Viáticos en el país”, ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento
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                                                                      (CLC´s) con número de folio 367, 375, 370 y 381 no se encuentran debidamente autorizadas por el Coordinador
                                                                      Financiero y el Rector, toda vez que no cuentan con firmas y sellos, como se detalla en el Anexo DAE-AF-03-
                                                                      SEG-03.

                                                                      Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42 párrafo
                                                                      primero, 43 y 67 párrafo primero; Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 4
                                                                      párrafos tercero y cuarto; y Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
                                                                      artículos 186 párrafo primero, 191 párrafo tercero y 199 párrafo primero, que a la letra dicen:

                                                                                 Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                                                 Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con
                                                                                 la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.

                                                                                 Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
                                                                                 documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
                                                                                 lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.

                                                                                 Artículo 67 párrafo primero.- “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos
                                                                                 justificativos y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto
                                                                                 comprometido y devengado, en términos de las disposiciones que emita el consejo”.

                                                                                 Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                                                 Artículo 4 párrafos tercero y cuarto. “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa
                                                                                 y comprobatoria es responsabilidad de los Ejecutores de gasto.
                                                                                 Los Ejecutores de gasto están obligados a rendir cuentas por la administración y ejercicio de los recursos públicos en los
                                                                                 términos de la presente Ley y demás disposiciones aplicables”.

                                                                                 Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                                                 Artículo 186 párrafo primero. “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
                                                                                 comprobatoria y justificativa”.

                                                                                 Artículo 191 párrafo tercero. “Tratándose del gasto por concepto de viáticos deberá contar con el oficio de comisión, la
                                                                                 orden y constancia de comisión correspondientes”.

                                                                                 Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
                                                                                 administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
                                                                                 justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
                                                                                 hacienda pública”.

                                                                      RESULTADO: AF-09 CON OBSERVACIÓN

                                                                      De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa a 9 (nueve)
                                                                      partidas que formaron parte de la muestra de auditoría, ejercidas con recursos provenientes de la fuente de
                                                                      financiamiento AEAAA1022 Anexo 8 Asignaciones Presupuestarias, se constató que se llevó a cabo la
                                                                      adquisición de bienes y contratación de servicios, por un importe total de $388,628.13 (Trescientos ochenta
                                                                      y ocho mil seiscientos veintiocho pesos 13/100 M.N.), bajo la modalidad de Compras Directas Menores,

                                                                      30
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