Page 34 - 004 Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca
P. 34
INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 acuerdos, anexos que se suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o
subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de
transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública,
proyectos productivos y de fomento, entre otros”.
Artículo 190 párrafo primero. “El gasto que se efectúe en el capítulo de materiales y suministros invariablemente deberá
contar con solicitudes o requisiciones, cotizaciones, órdenes de compra, bitácoras según sea el caso, controles de entrada
y salida de almacén y del comprobante fiscal digital correspondiente”.
Artículo 191. “Las erogaciones que se realicen en el capítulo de servicios generales deberán contar con solicitudes o
requisiciones, cotizaciones, órdenes de compra, bitácoras de mantenimiento de vehículos, equipo y maquinaria, entre
otros”.
Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
hacienda pública”.
Artículo 201. “Las Dependencias y Entidades deberán mantener un registro histórico detallado de las operaciones
realizadas como resultado de su gestión financiera en los libros de diario, mayor e inventarios y balanzas”.
Artículo 210 párrafo segundo. “Las Dependencias y Entidades estarán obligadas a contar con un control administrativo
que permita el manejo contable adecuado de los inventarios”.
Lineamientos Generales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad Autónoma Comunal de
Oaxaca
Artículo 20 párrafos tercero y cuarto. - “Para los procedimientos de contratación a través de compra directa menor, la
investigación de mercado se podrá acreditar con al menos tres cotizaciones obtenidas dentro de los treinta días naturales
previos a la contratación.
La investigación de mercado y su resultado deberán documentarse y entregarse al expediente de contratación
correspondiente”.
Artículo 33 fracción VI último párrafo. – “Para la compra directas menores, se deber contar con al menos tres cotizaciones
con las mismas condiciones, que se hayan obtenido en los treinta días previos al de la compra y consten por escrito”.
Artículo 35 párrafos primero y segundo. - “Los procedimientos de adjudicación directa y compra directa menor se
sujetarán a los siguiente:
La Universidad por conducto de la Coordinación y Financiera, sin necesidad de autorización del comité podrá adquirir,
arenar o contratar servicios a través de la modalidad de compra directa menor, las compras directas de menores se
acreditarán con tres cotizaciones y la justificación de su necesidad”.
Articulo 46.- “Sin excepción alguna todos los bienes nacionales e importados que por naturaleza y costo deban constituir
activo fijo de la Universidad serán objeto de registro en inventario y contabilidad y de la elaboración del resguardo al usuario
final”.
Articulo 47.- “La Coordinación Administrativa establecerá los controles y registros de almacén de comprenderá como
mínimo los siguientes aspectos.
I.- Recepción y verificación;
II.- Registro de inventarios;
III. Guarda y conservación;
IV.- Despacho;
V.- Servicios complementarios; y
VI.- Baja y destino final”.
32