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Artículo 48.- “La Coordinación Administrativa dará seguimiento de la entrega oportuna a las áreas requirentes de los                                                 INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
           artículos adquiridos. El área usuaria será responsable de verificar que los bienes adquiridos cumplan con la descripción,
           cantidad y calidad requerida”.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Universidad
Autónoma Comunal de Oaxaca, justificara, aclarara o reintegrara el importe de $388,628.13 (Trescientos
ochenta y ocho mil seiscientos veintiocho pesos 13/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan
en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación
que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2347/2023, se notificó el día 27 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

La Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número UACO/REC/020/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 19 de octubre de 2023, presentó lo siguiente:

Copias certificadas de la documentación como se detalla en el Anexo DAE-AF-04-SEG-04.
Una vez analizada la información y argumentos presentados por la Entidad Fiscalizable, se determinó que son
insuficientes para atender este resultado, toda vez, que no presentó solicitudes o requisiciones, cotizaciones,
entradas y salidas de almacén, verificación del Comprobante Fiscal de Internet (CFDI) ante el Servicio de
Administración Tributaria (SAT), y resguardos correspondientes, así mismo no presenta la evidencia de
incorporación en el inventario; de lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

Pliego de Observaciones
2022-OA/IACPE/04/2023-PO-03

Se le requiere a la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, aclare o reintegre el importe de
$388,628.13 (Trescientos ochenta y ocho mil seiscientos veintiocho pesos 13/100 M.N.), relativo a lo
siguiente:

En 9 (nueve) partidas que formaron parte de la muestra de auditoría, ejercidas con recursos provenientes de la
fuente de financiamiento AEAAA1022 Anexo 8 Asignaciones Presupuestarias, se constató que se llevó a
cabo la adquisición de bienes y contratación de servicios, por un importe total de $388,628.13 (Trescientos
ochenta y ocho mil seiscientos veintiocho pesos 13/100 M.N.), bajo la modalidad de Compras Directas
Menores, observándose que no presentó la documentación justificativa relativa a solicitudes o requisiciones,
cotizaciones, entradas y salidas de almacén, verificación del Comprobante Fiscal de Internet (CFDI) ante el
Servicio de Administración Tributaria (SAT), y los resguardos correspondientes, por lo cual, no se comprueba su
incorporación en el inventario, como se detalla en el Anexo DAE-AF-04-SEG-04.

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