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VII. Condiciones, términos y procedimiento para la aplicación de penas convencionales por atraso en la entrega de los           INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022
        bienes, arrendamientos o servicios, por causas imputables a los Proveedores; y

  VIII. Los demás aspectos y requisitos previstos en las bases de licitación o especificaciones, según corresponda”.

Artículo 53. “Para los efectos de lo establecido en el artículo 56 de la Ley, los Proveedores que participen en un
procedimiento de contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, deberán constituir las garantías a favor de la
Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado en los términos de las especificaciones técnicas o bases de la licitación,
según corresponda.”

Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Artículo 186 párrafo primero.- “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
comprobatoria y justificativa”.

Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
hacienda pública”.

Lineamientos Generales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad Autónoma Comunal de
Oaxaca

Artículo 11. “El comité tendrá las siguientes funciones:”
IV. “Dictaminar previamente al inicio del procedimiento, sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública, así
como autorizar los procedimientos de contratación”.

Artículo 12.- “Las sesiones del Comité se celebrarán en los términos siguientes:
V.- De cada sesión se elaborará un acta que será aprobada y firmada por todos los que hubieren asistido a ella:”

Artículo 14 párrafo tercero.- “Previo al inicio de los procedimientos de contratación previstos en este artículo, se deberá
realizar una investigación de mercado de la cual se desprendan las condiciones que imperan en el mismo, respecto del
bien, arrendamiento o servicio objeto de la contratación, a efecto de buscar las mejores condiciones para la Universidad.”

Artículo 16.- “Toda solicitud del procedimiento deberá constar por escrito y estar firmada por el área contratante o
requirente. Ésta se realizará conforme a la disponibilidad presupuestal en las partidas correspondientes, integrando a la
solicitud el documento que acredite la suficiencia presupuestaría, adicionalmente se acompañaran las especificaciones
técnicas, la investigación de mercado, los dictámenes correspondientes, en su caso la justificación de encontrarse en
alguno de los supuestos de excepción a la licitación pública exceptuando de esto último lo establecido en la fracción VI del
artículo 33 de estos Lineamientos.”

Artículo 20 párrafo cuarto.- “La investigación de mercado y su resultado deberán documentarse e integrarse al expediente
de contratación correspondiente.”

Artículo 34. “El procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se sujetará a lo siguiente:
I. Se difundirá la invitación en la Gaceta de la Universidad;”

Artículo 39. “El contrato o pedido contendrá, en lo aplicable, lo siguiente:”
II.- “La indicación del procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;
III.- Los datos relativos a la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del contrato;”
V.- “La descripción pormenorizada de los bienes, arrendamientos o servicios objeto del contrato adjudicado a cada uno de
los licitantes en el procedimiento, conforme a su proposición;
VI.- El precio unitario y el importe total a pagar de los bienes, arrendamientos o servicios, o bien, la forma en que se
determinará el importe total;
VII.- Precisión de si el precio es fijo o sujeto a ajustes y, en este último caso, la fórmula o condición en que se hará y
calculará el ajuste, determinando expresamente el o los indicadores o medios oficiales que se utilizarán en dicha formula;”
IX.- “Los porcentajes de los anticipos que, en su caso, se otorgarían, los cuales no podrán exceder del cincuenta por ciento
del monto total del contrato;

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