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INFORME ESPECÍFICO CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar las
observaciones que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22
segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la
información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/465/2023, se notificaron el 5 de octubre de 2023, los Resultados
Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles,
presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, presentó oficio sin número de fecha 3 de noviembre de 2023, suscrito por el C. Anastacio Bolaños
Cruz, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del estado de Oaxaca,
como consta en el acta circunstanciada de fecha tres de noviembre de 2023; sin embargo, de este resultado no
proporcionó documentación.
En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración.
2020-OA/SFCPM/SEM/008/2022-SA-01
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Chachoapam, Distrito de Nochixtlán, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que compruebe,
justifique o aclare lo relativo a:
Respecto al registro de los ingresos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de
Oaxaca, se detectaron las siguientes inconsistencias:
A. Se detectaron ingresos superiores entre los registros contables del ente auditado y los recursos
ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, específicamente en
el Fondo General de Participaciones, debido a que el municipio registró en la póliza de ingresos número
000393 de fecha 30 de septiembre del 2020, el importe de $11.00 (Once pesos 00/100 M.N.),
correspondiente a concepto de: ajuste de fondo general de participaciones correspondiente al mes de
septiembre de 2020, como se detalla en el ANEXO DAM-SE-01-SEG-01.
B. Se detectaron ingresos superiores entre los registros contables del ente auditado y los recursos
ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, específicamente en
el Fondo de Compensaciones, debido a que el municipio registró en la póliza de ingresos número
000084 de fecha 31 de marzo del 2020, el importe de $1,839.00 (Mil ochocientos treinta y nueve pesos
00/100 M.N.), debiéndolo registrar en el Fondo de Impuesto especial de producción y servicios, como
se detalla en el ANEXO DAM-SE-01-SEG-01.
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