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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 Distrito Federal (FISM-DF) y del Ramo 33 fondo IV Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), los
importes de $6,262,156.33 (Seis millones doscientos sesenta y dos mil ciento cincuenta y
seis pesos 33/100 M.N.) y $2,006,374.74 (Dos millones seis mil trescientos setenta y cuatro
pesos 74/100 M.N.), respectivamente; por un monto total de $12,781,383.07 (Doce millones
setecientos ochenta y un mil trescientos ochenta y tres pesos 07/100 M.N.), los cuales fueron
registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio fiscal 2022;
asimismo, se constató que los registros contables y presupuestarios se encuentran soportados
con la documentación comprobatoria relativa a los comprobantes Fiscales Digitales por Internet,
identificando que los recursos ministrados fueron depositados en las cuentas bancarias productivas
específicas aperturadas para el ejercicio fiscal 2022.
RESULTADO: AF-05 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación relativa al registro de los ingresos ministrados por la
Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se detectaron las siguientes
inconsistencias entre los registros contables y los recursos ministrados por la Secretaría de
Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, como se detalla a continuación:
a) En el Fondo General de Participaciones, se detectaron ingresos superiores en cantidad de
$122.00 (Ciento veintidós pesos 00/100 M.N.), derivado de la inconsistencia de registro de
la ministración por ajustes del mes de diciembre que corresponde al Fondo de Fiscalización y
Recaudación.
b) En el ISR sobre salarios, se detectaron ingresos inferiores en cantidad de $33,340.00
(Treinta y tres mil trescientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), derivado de la inconsistencia
de registro de las ministraciones por ajustes de enero a diciembre registrados en el Fondo de
Participaciones por Impuestos Especiales.
c) En el Fondo de Participaciones por Impuestos Especiales, se detectaron ingresos
superiores en cantidad de $33,340.00 (Treinta y tres mil trescientos cuarenta pesos
00/100 M.N.), derivado de la inconsistencia de registro de las ministraciones por ajustes de
enero a diciembre que corresponden al ISR sobre salarios.
d) En el Fondo de Fiscalización y Recaudación, se detectaron ingresos inferiores en cantidad
de $122.00 (Ciento veintidós pesos 00/100 M.N.), derivado de la inconsistencia de
registro de la ministración por ajustes del mes de diciembre registrado en el Fondo General de
Participaciones.
e) En Impuestos Sobre Automóviles Nuevos, se detectaron ingresos superiores en cantidad
de $540.00 (Quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), derivado de la inconsistencia
de registro de la ministración del mes de marzo que corresponde al Fondo Resarcitorio del
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
f) En el Fondo Resarcitorio del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, se detectaron ingresos
inferiores en cantidad de $540.00 (Quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), derivado
de la inconsistencia de registro de la ministración del mes de marzo registrado en Impuestos
Sobre Automóviles Nuevos.
Lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 37: “Para el registro de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos deberán ajustarse a sus respectivos
catálogos de cuentas, cuyas listas de cuentas estarán alineadas, tanto conceptualmente como en sus principales agregados, al plan de
cuentas que emita el consejo. Para tal propósito, se tomarán en consideración las necesidades de administración financiera de los entes
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