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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

por el importe total de $12,133,800.88 (Doce millones ciento treinta y tres mil ochocientos                                                   INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
pesos 88/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto
de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de Enero al 31 de
Diciembre del 2022, compuesto en la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2022, se
detectó que el ente fiscalizado reflejó un Presupuesto de Egresos Modificado por el importe total de
$16,004,818.24 (Dieciséis millones cuatro mil ochocientos dieciocho pesos 24/100 M.N.), de
lo que se desprende, que la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado en relación con
el Presupuesto de Egresos Aprobado es de $3,871,017.36 (Tres millones ochocientos setenta y
un mil diecisiete pesos 36/100 M.N.), sin embargo, no presentó ante el extinto Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de Oaxaca ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, las actas de cabildo en las que conste que se efectúo la autorización de las modificaciones
realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022 y en las que se identifique la fuente
de ingresos o la compensación con reducciones en otras previsiones de gasto, así como tampoco
presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al presupuesto,
las cuales deben seguir el mismo procedimiento que para la autorización del presupuesto; como se
detalla a continuación:

 CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL         PRESUPUESTO DE           PRESUPUESTO DE          PRESUPUESTO DE   VARIACIÓN (D)
                      GASTO      EGRESOS APROBADO (A)    EGRESOS MODIFICADO (B)  EGRESOS DEVENGADO (C)      (D = B-A)
                                                                                                           -96,745.24
CAPÍTULO 1000                              3,306,459.50  3,209,714.26            3,005,243.30               65,177.14
SERVICIOS PERSONALES                         951,752.10
                                           1,735,787.28  1,016,929.24            945,229.65               1,513,325.00
CAPÍTULO 2000
MATERIALES Y SUMINISTROS                     20,000.00   3,249,112.28            2,996,360.69               -5,000.00

CAPÍTULO 3000                               105,000.00   15,000.00               14,508.00                 -58,250.00
SERVICIOS GENERALES                        6,014,802.00
                                                              46,750.00              25,256.00           2,452,510.46
CAPÍTULO 4000                                    0.00       8,467,312.46           8,452,735.52
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,                                                                                   0.00
SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS                         0.00             0.00                    0.00
                                                 0.00                                                           0.00
CAPÍTULO 5000                           $12,133,800.88            0.00                    0.00                  0.00
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E                                       0.00                    0.00          $3,871,017.36
INTANGIBLES                                              $16,004,818.24          $15,439,333.16

CAPÍTULO 6000
INVERSIÓN PUBLICA

CAPÍTULO 7000
INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS
PROVISIONES

CAPÍTULO 8000
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES

CAPÍTULO 9000
DEUDA PUBLICA

TOTALES

Fuente de Información: Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio 2022 y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de
Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capítulo y Concepto) del 01 de enero al 31 de diciembre del 2022, compuesto en la Cuenta
Pública 2022 del Municipio de San Juan Teitipac, Distrito de Tlacolula, Oaxaca.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley General de Contabilidad Gubernamental.

        Artículo 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que
        dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet” ;
        Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los
        ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco
        jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet”;

                                                                                                                                      17
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