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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


               está  ampliamente  consiente  que esto  rebasa  lo establecido  en  el  artículo  46 párrafo  III,  de solo
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
               ocupar el 30 por ciento de los recursos  asignados  para estos dos tipos de contratación, así mismo ,
               manifestamos que “CON ESTA ACTA DE CABILDO PRESENTADA SE COMPRUEBA, SE JUSTIFICA Y
               SE DEMUESTRA AMPLIAMENTE QUE EL RECURSO SERÁ DESTINADO PARA UN FIN COMÚN COMO
               LO ES LA OBRA PÚBLICA MUNICIPAL, RAZÓN POR EL CUAL NO EXISTE DAÑO A LA HACIENDA
               PÚBLICA  MUNICIPAL”.”, sin embargo, el acta presentada  no acredita que la  contratación de las
               obras se prefirió con la modalidad de licitación pública sobre cualquier techo financiero; asimismo
               no se  hizo de conocimiento a su órgano  internos  de control, y del OSFE,  para el caso de los
               Ayuntamientos;  por  lo  anterior,  esta Auditoría  Superior  de  Fiscalización  del  Estado  de  Oaxaca,
               determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:
               Solicitud de Aclaración
               2022-OA/CPM/012/2023-SA-07
               Se le  requiere al  H. Ayuntamiento del  Municipio  de San  Sebastián  Ixcapa, Distrito de
               Jamiltepec, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
               la  documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a  que la  suma de los montos
               contratados por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del
               30% del presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:


                                                             NÚMERO DE OBRAS      IMPORTE
                                 MODALIDAD                                                       PORCENTAJE
                                                              CONTRATADAS       CONTRATADO
                             LICITACIÓN PÚBLICA
                              LICITACIÓN PÚBLICA                   ---             $   0.00        0.00%
                                 SUB TOTAL                         ---             $   0.00        0.00%

                       EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA
                   INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES      05           $5,665,508.03      84.99%
                                CONTRATISTAS
                            ADJUDICACIÓN DIRECTA                   02           $1,000,375.62      15.01%
                                 SUB TOTAL                         07           $6,665,883.65     100.00%

                                   TOTAL                           07           $6,665,883.65     100.00%
                   Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de San Sebastián Ixcapa,
                   Distrito de Jamiltepec, Oaxaca.

               Incumpliendo  con lo establecido en la  Ley  de  Obras  Públicas  y  Servicios  Relacionados  del
               Estado de Oaxaca, Artículo 46 tercer párrafo, que a la letra dice:
                   Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                   Artículo 46 tercer párrafo. - “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de
                   invitación restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio de
                   la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier techo
                   financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”

               RESULTADO: AF-31               CON OBSERVACIÓN
               Para determinar que los contratos de obra pública celebrados durante el ejercicio 2022 estuvieron
               dentro del rango de aplicación establecido en el artículo 73 fracción VII del Presupuesto de Egresos
               del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022 aplicado conforme a lo dispuesto en el artículo
               46  de la  Ley de Obras Públicas y Servicios  Relacionados  del Estado de Oaxaca,  se  analizó el
               Presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2021 del municipio, en el estado analítico del ejercicio
               del presupuesto de egresos clasificación por objeto del gasto (capitulo y concepto) del 01 de enero
               al  31 de diciembre del  2021, se constató que  en el Presupuesto  Anual  Modificado  del  ejercicio
               inmediato anterior para Inversión Pública del Municipio, ejercicio 2021, fue de $ 7,415,588.20 (Siete
               millones cuatrocientos quince mil quinientos ochenta y ocho pesos 20/100 M.N.), trasladando este
               monto a la tabla del artículo 73 fracción VII del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para


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