Page 52 - San Sebastian Ixcapa
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                   vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”
               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
               Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, comprobar,
               justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
               y  documentación  que  demuestre  las  acciones  realizadas  tendientes  a  solventar  las  observaciones
               determinadas.

               Mediante  oficio número  ASFE/AEFM/DAMA/310/2023, notificado el día  06  de septiembre
               de 2023,  se  dieron a  conocer  a la  Entidad Fiscalizable  los Resultados  Finales y Observaciones
               Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las
               justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Municipio de  San  Sebastián  Ixcapa,  Distrito  de  Jamiltepec, Oaxaca,  en el proceso de
               aclaraciones y  justificaciones, mediante oficio  número  281/MSSI/SEP/2023  de  fecha 29 de
               septiembre de 2023, presentó documentación como consta en el acta circunstanciada de recepción
               de  fecha  02 de  octubre de  2023,  para  este  resultado  en particular,  10 fojas  útiles de  los folios
               000001 al 000010 en copias certificadas, que contienen:

               Copia  del oficio  número 280/MSSI/SEPTIEMBRE/2023,  de fecha 21  de septiembre de 2023
               suscrito por el Lic. Ricardo Estévez Merino, dirigido al Mtro. Geovany Vásquez Sagrero, Titular de
               la  Consejería Jurídica y  Asistencia  Legal,  con asunto  de  solicitud de  Publicación  en el Periódico
               Oficial del Estado, copia  de ticket,  formato de pago  a la Consejería Jurídica y Asistencia  Legal
               Publicaciones por  concepto de “publicaciones 1 plana”  y el Acta de cabildo  para  determinar el
               Padrón de Contratista de Obra, sin embargo, no presenta evidencia de su publicación en el Periódico
               Oficial y como resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno
               del  Estado  de  Oaxaca,  en la  dirección electrónica  http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se
               constató que este documento se encuentra publicado con fecha 30 de septiembre de 2023 el cual
               no corresponde con el año de su ejercicio fiscal.

               Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
               la observación. Por lo que se emite:

               Solicitud de Aclaración
               2022-OA/CPM/012/2023-SA-06
               Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec,
               Oaxaca,  presente  ante esta Auditoría  Superior  de  Fiscalización del  Estado  de  Oaxaca,  la
               documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo al padrón de contratista de Obra, la
               evidencia de su publicación en el Periódico Oficial, y que como resultado de la consulta realizada al
               sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, en la dirección electrónica
               http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, justifique que este documento fue publicado fuera de su
               año fiscal correspondiente, y demuestre que los contratistas con los cuales se contrataron las obras
               públicas estuvieron debidamente inscritos en el padrón.


               Incumpliendo  con lo establecido en la  Ley  de  Obras  Públicas  y  Servicios  Relacionados  del
               Estado de Oaxaca, Artículo 26 A, que a la letra dice:

                   Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                   Artículo 26 A. - “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
                   permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
                   objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
                   el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
                   Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
                   ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
                   vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”



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