Page 26 - San Francisco Telixtlahuaca
P. 26

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo”;
                   Artículo 69: “Para la presentación de la información financiera y la cuenta pública, los gobiernos de las entidades federativas, de los
                   municipios y demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán la relación de las cuentas bancarias productivas  específicas, en las
                   cuales se depositaron los recursos federales transferidos, por cualquier concepto, durante el ejercicio fiscal correspondiente.”;
                   Artículo 70 fracción I:  “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

               Por  lo  anterior,  esta Auditoria  Superior  de  Fiscalización del  Estado  de  Oaxaca,  le  requirió  al
               Municipio de  San  Francisco  Telixtlahuaca,  Distrito  de  Etla, Oaxaca,  para  que justificara  o
               aclarara conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo
               establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
               Cuentas para el Estado de Oaxaca,  toda  la  información y documentación que demostrara  las
               acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

               Mediante oficio número  ASFE/AEFM/DAMB/0240/2023, notificado  el día  30  de agosto de
               2023,  se dieron  a  conocer  al  Ayuntamiento del  Municipio de  San  Francisco  Telixtlahuaca,
               Distrito de Etla, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en
               un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca, en el
               proceso  de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número  MSFT/PSM/296/2023 de
               fecha 02 de octubre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de
               fecha 02 de octubre de 2023; de este resultado en particular, presentó documentación en copias
               certificadas, como se detalla a continuación:


                 1.  Respecto a  que no presentó los estados de cuenta  bancarios de las cuentas  18-
                    00021358-3 y 18-000213643, presentó:
               Estado de cuenta de Ingresos Fiscales 18-00021358-3, correspondiente al periodo del 01 al 31 de
               marzo de 2022 al mismo tiempo un estado de cuenta del RAMO 33 FONDO III 18-000021364-3,
               correspondiente al periodo del 01 al 30 de noviembre de 2022. Por lo que atendió este punto


                 2.  Respecto a que no presentó los contratos de apertura de las cuentas 18-00021358-3,
                    18-000213643, 18-000213660 y 18-000213657, presentó:

               Oficio  número  MSFT/TM/010/2023  de  fecha 02 de  octubre de  2023,  mediante el  cual  la
               Presidenta  Municipal y Tesorero Municipal, solicitan  a la financiera Banco Santander México S.A.,
               los contratos de las cuentas 18-00021358-3,  18-000213643,  18-000213660  y 18-000213657;
               Sin embargo, no presentó  los contratos  correspondientes  a  las cuentas  bancarias. Por lo que no
               atendió este punto.

               Por  lo  anterior y  una  vez  analizada  la  documentación  e información  presentada, se determina
               que el Ayuntamiento  del  Municipio  de San  Francisco Telixtlahuaca, Distrito de Etla, Oaxaca,
               atendió lo relativo a estados de cuenta bancarios; sin embargo, no presentó contratos de apertura
               de  las  cuentas 18-00021358-3,  18-000213643,  18-000213660  y  18-000213657, por  lo  cual,
               esta  Auditoría  Superior  de Fiscalización del Estado de Oaxaca  determina que  subsiste  la
               observación, por lo que se emite:

               Solicitud de aclaración:
               2022-OA/CPM/024/2023-SA-01
               Se le requiere al  Ayuntamiento del  Municipio  de San  Francisco Telixtlahuaca,  Distrito de
               Etla, Oaxaca, presente  ante esta Auditoría  Superior  de  Fiscalización  del  Estado de  Oaxaca,  la
               información y documentación que, compruebe, justifique o aclare, en lo relativo a:
               No presentó los contratos de apertura de cuentas.



               24
   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30   31