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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
RESULTADO: AF-04 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación relativa a los ingresos ministrados por la Secretaría de
Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se detectaron las siguientes inconsistencias
entre los registros contables y los recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder
Ejecutivo del Estado de Oaxaca, como se detalla a continuación:
a) En el Fondo General de Participaciones se detectaron ingresos superiores en cantidad de
$24,960.00 (Veinticuatro mil novecientos sesenta pesos 00/100 M.N.) derivado de la
inconsistencia del registro contable de las ministraciones del mes de enero 2022 en cantidad
de $24,346.00 (Veinticuatro mil trescientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.) que
corresponde al Fondo de Compensación y la ministración del mes de diciembre 2022 en INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
cantidad de $614.00 (Seiscientos catorce pesos 00/100 M.N.) que correspondo al fondo
de fiscalización y recaudación.
b) En el Fondo de Fomento Municipal se detectaron ingresos superiores en cantidad de
$12,690.00 (Doce mil seiscientos noventa pesos 00/100 M.N.), que corresponden a la
ministración de junio de 2022 del Fondo de Compensaciones.
c) En el Fondo de Compensaciones se detectaron ingresos inferiores en cantidad de
$33,492.00 (Treinta y tres mil cuatrocientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.),
que corresponden a la ministración del mes de enero por $24,346.00 (Veinticuatro mil
trescientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.) que se registraron en el Fondo General
de Participaciones, además de la ministración del mes de junio por $12,690.00 (Doce mil
seiscientos noventa pesos 00/100 M.N.) que se registró en el Fondo de Fomento Municipal
y un ingreso superior que corresponde al mes de enero en cantidad de $3,544.00 (Tres mil
quinientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) que corresponde a Impuestos Sobre
Automóviles Nuevos.
d) En el Fondo de Fiscalización y Recaudación se detectaron ingresos inferiores en cantidad de
$614.00 (Seiscientos catorce pesos 00/100 M.N.), que se registraron en el Fondo General
de Participaciones.
e) En el Fondo Resarcitorio del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos se detectaron ingresos
inferiores en cantidad de $3,544.00 (Tres mil quinientos cuarenta y cuatro pesos 00/100
M.N.), que se registraron en el Fondo de Compensaciones.
f) En el FONDO III (FISMDF) se detectaron ingresos superiores en cantidad de $12,771.93
(Doce mil setecientos setenta y un pesos 93/100 M.N.) correspondientes a intereses del
periodo (01 de septiembre al 30 de septiembre) de 2022 de la institución bancaria “Banco
Santander S.A.” Cta. 18-000213643, depositado en fecha 03 de octubre del año 2022 en el
estado de cuenta correspondiente; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 37, “Para el registro de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos deberán ajustarse a sus respectivos
catálogos de cuentas, cuyas listas de cuentas estarán alineadas, tanto conceptualmente como en sus principales agregados, al plan de
cuentas que emita el consejo. Para tal propósito, se tomarán en consideración las necesidades de administración financiera de los entes
públicos, así como las de control y fiscalización.”;
Artículo 41, “Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores
presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática.”;
Artículo 70 fracción III “Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de
las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificaciones de programas y fuentes de
financiamiento”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 95 fracción II Bis “Llevar a cabo el registro contable de los ingresos provenientes de las participaciones y aportaciones que se hayan
transferido al Municipio; Fracción III Realizar los registros de todas las operaciones presupuestarias, contables, financieras y administrativas
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