Page 43 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


               RESULTADO: AF-18              CON OBSERVACIÓN
               De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3251 ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE
               TERRESTRE,  se  constató  que el ente  fiscalizado  afectó  el Presupuesto  de Egresos  en cantidad
               de  $64,960.00 (Sesenta  y cuatro mil  novecientos sesenta  pesos  00/100  M.N.), realizando
               pagos mediante transferencias con afectación a la cuenta número 25604155232 de la institución
               bancaria  Scotiabank  Inverlat,  S.A., correspondiente  a Recursos  del Ramo 28,  Participaciones  a
               Entidades Federativas  y  Municipios; observando  que  los registros contables y  presupuestarios
               no  se encuentran  soportados  con la  documentación justificativa  del  gasto, relativa  al  proceso de
               contratación, en donde  garanticen  al municipio, las mejores  condiciones  disponibles en cuanto a
               precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como evidencia
               de los servicios contratados; como se detalla  a continuación:                                       INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

                     PÓLIZA DE DIARIO    PÓLIZA DE EGRESO                              BANCO
                                                             FUENTE DE          INSTITUCIÓN   No. DE CHEQUE O
                NÚMERO  FECHA  IMPORTE  NÚMERO  FECHA  IMPORTE  FINANCIAMIENTO  FECHA  BANCARIA Y NÚM.   TRANSFERENCIA   IMPORTE
                                                                                DE CUENTA   BANCARIA
                                                           PARTICIPACIONES
                004225  23/08/2022  64,960.00  001955  23/08/2022  64,960.00  (RAMO 28) - RECURSOS   23/08/2022  Scotiabank Inverlat,   TRANSFERENCIA SPEI   64,960.00
                                                                                             33570821
                                                                               S.A. 25604155232
                                                             FEDERALES
                 TOTAL        $64,960.00           $64,960.00                                         $64,960.00
               Cuadro continúa a la derecha…
                                                          COMPROBANTE
                   FECHA       NÚM.        PROVEEDOR  IMPORTE                     CONCEPTO
                                                              RENTA DE DOS AUTOBUSES QUE PERMITIRÁ TRASLADAR A LA DELEGACIÓN DE DEPORTISTA
                                         REPRESENTACIONES
                           5AEAD091-369F-4C82-  ARTÍSTICAS Y   DE ESTA CABECERA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO A TAMAZULAPAM DEL ESPÍRITU SANTO MIXE
                 24/08/2022                            64,960.00  OAXACA EL 26 A LAS 22:00 HORAS LA SALIDA Y REGRESO EL DOMINGO 28 A LAS 23:00 HORAS,
                           BE33-48EBDF4125EF  EVENTOS GOZOBI   MOTIVO DE  ASISTIR A  LOS EVENTOS DEPORTIVOS  DEL  TRIGÉSIMO  SEXTO CAMPEONATO
                                           S.A. DE C.V.
                                                              REGIONAL DE BALONCESTO COPA AYUUK
                                                      $64,960.00    
               Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                   Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                   compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
                   Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo” y
                   Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                   correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                   disposiciones que emita el consejo.”
                   Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

                   Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
                   disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
                   Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
                   y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
                   y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
                   Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
                   Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
                   Estado de Oaxaca.

                   Artículo 28: párrafo primero “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
                   de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo  las
                   siguientes modalidades:” fracciones  I. “Compra directa menor; II. Adjudicación directa; III. Invitación restringida; IV. Invitación abierta
                   estatal;  V.  Licitación  pública  estatal;  VI.  Licitación  pública  nacional,  y  VII.  Licitación  pública  internacional”,  párrafo  segundo:  “Los  montos
                   de los rangos para cada modalidad serán determinados en el Presupuesto de Egresos del Estado”, párrafo ultimo: “Toda solicitud de los
                   procedimientos referidos en el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual
                   será indelegable.”
                   Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.
                   Artículo  98:  “Los  Ejecutores  de  gasto,  para  la  adquisición  de  bienes  y  servicios  deberán  observar  las  modalidades  de  contratación,
                   atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”



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