Page 44 - San Juan Guichicovi
P. 44

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
               Por  lo  anterior, la  Auditoria  Superior  de  Fiscalización  del  Estado  de  Oaxaca,  le requirió  al  H.
               Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, justificara
               o aclarara el importe de $64,960.00 (Sesenta y cuatro mil novecientos sesenta pesos 00/100
               M.N.), conforme a la observación que se detalló en este resultado y presentara dentro del plazo que
               establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas
               para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación  que demostrara las acciones
               realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
               2023,  se dieron  a  conocer al  Ayuntamiento del  Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de
               Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones  Preliminares, a  efecto de que, en un
               plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Ayuntamiento del Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán, Oaxaca,  en el
               proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
               de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
               26 de  septiembre de  2023;  de  este  resultado  en particular, presentó documentación en copias
               certificadas, como se detalla a continuación:
                 1.-  Respecto  al  proceso  de contratación,  en  donde  garanticen  al  municipio,  las mejores
                    condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y
                    demás circunstancias pertinentes, presentó:
               solicitud  del servicio, cotización de la  empresa “winnitours” turismo, excursiones  y eventos
               especiales, Trailtravel e Ixtepec  tours transportadora turística;  solicitud  de autorización  de pago,
               autorización,  comprobante  de transferencia y comprobante  fiscal  digital  por  internet; por  lo  que,
               atendió este punto.
                 2.- Respecto de la evidencia de los servicios contratados, presentó:
               Convocatoria del campeonato regional de baloncesto y fotografía de los servicios contratados; por lo
               que, atendió este punto.
               Una vez analizada la documentación e información presentada, se determina que el Ayuntamiento
               del  Municipio  de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán,  Oaxaca,  presentó  cotizaciones  y
               evidencia de los servicios contratados, por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
               Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación.

               RESULTADO: AF-19              CON OBSERVACIÓN
               De la revisión a las sub-subcuentas 51321-3261 ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO
               PARA LA CONSTRUCCIÓN y 51321-3291 ARRENDAMIENTO DE MESAS, SILLAS, UTENSILIOS
               DE COCINA, MANTELERÍA, LONAS, CARPAS Y SIMILARES, se constató que el ente fiscalizado
               afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $494,153.68 (Cuatrocientos noventa y cuatro
               mil ciento cincuenta y tres pesos 68/100 M.N.) y $81,998.20 (Ochenta y un mil novecientos
               noventa y ocho pesos 20/100 M.N.), respectivamente, realizando pagos en efectivo y mediante
               transferencias con afectación a  la  cuenta  número  25604155232 de la  institución  bancaria
               Scotiabank  Inverlat,  S.A., correspondiente  al Ramo 28, Participaciones  a Entidades Federativas y
               Municipios; observando que las partidas no se encuentran aprobadas en el Presupuesto de Egresos,
               asimismo, se observó que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados
               con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación, en donde garanticen
               al  municipio, las mejores  condiciones  disponibles en cuanto a precio, calidad,  financiamiento,
               oportunidad  y  demás  circunstancias pertinentes,  así  como evidencia  de  los trabajos  y  eventos
               realizados; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08.









               42
   39   40   41   42   43   44   45   46   47   48   49