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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción.
ACTIVIDADES DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente Actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 4.4 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la Entidad
Fiscalizable no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, realizar
actividades de control interno que le permitan alcanzar sus objetivos municipales y responder a los
riesgos; evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de conocimiento, competencias
y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos institucionales; contar con
sistemas informáticos que permitan procesar la información relativo a cada uno de los procesos
operativos y que apoyen el desarrollo de sus actividades sustantivas, financieras o administrativas
al fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales; no detalla si los objetivos de
procesamiento de la información de los sistemas informáticos garantizan la integridad, exactitud y
confidencialidad conforme a los procedimientos establecidos por el Ayuntamiento; así como contar
con personal especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad y mantenimiento de los
sistemas informáticos y de comunicaciones del Ayuntamiento; al igual, no acreditó si el municipio
cuenta con manual de organización el cual establece las atribuciones y funciones del personal;
realizar revisiones periódicas o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o en el
enfrentamiento de sus riesgos.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Asunción Tlacolulita, Distrito de Yautepec, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través de políticas
y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos, incluidos
los de corrupción y los de sistemas de información, en el control interno; a través de actividades de
control interno que le permitan alcanzar sus objetivos municipales y responder a los riesgos; evaluar
y retroalimentar continuamente las necesidades de conocimiento, competencias y capacidades
que el personal debe tener para lograr los objetivos institucionales; contar con sistemas informáticos
que permitan procesar la información relativo a cada uno de los procesos operativos y que apoyen
el desarrollo de sus actividades sustantivas, financieras o administrativas al fin de garantizar el
cumplimiento de los objetivos institucionales; garantizar la integridad, exactitud y confidencialidad
de la información de los sistemas informáticos conforme a los procedimientos establecidos por el
Ayuntamiento; contar con personal especializado para garantizar el desarrollo continuo, seguridad
y mantenimiento de los sistemas informáticos y de comunicaciones del Ayuntamiento; contar con un
manual de organización y realizar revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el
logro de los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos. Asimismo, cumpla con las obligaciones y
recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema
Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 6.7 puntos de un
total de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que la
Entidad Fiscalizable no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
contar con indicadores para medir el cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Municipal
de Desarrollo; informar periódicamente al presidente municipal y al personal del Ayuntamiento, la
situación de cambios o asuntos emergentes del control interno y hacerle llegar la información de
calidad necesaria para la consecución de los objetivos institucionales; rendir a la ciudadanía
a través de un informe detallado la actuación y desempeño del estado financiero, la hacienda
pública municipal, el avance de los programas, las obras en proceso y concluidas, y en general
del estado que guardan los asuntos municipales; así como tampoco dispone de una plataforma
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