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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca, Oaxaca,
justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que
demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/178/2023, se notificó el día 10 de agosto de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

El H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca,
Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, presentó escrito sin número de fecha 22
de agosto de 2023, suscrito por el C. Benito López López, Presidente Municipal, dirigido al Director
de Auditoría Municipal “A”, como consta en acta circunstanciada de fecha 22 de agosto de 2023, en
donde argumentó lo siguiente:

“…De la solicitud realizada a la exautoridad este Ayuntamiento no recibió la información antes
solicitada; así mismo, de la revisión al archivo municipal no se encontró información relacionado con
las observaciones emitidas por este ente fiscalizador; por lo esté H. Ayuntamiento en este momento no
esta en condiciones de atender las observaciones derivadas de la auditoria como son las siguientes:
AD-01, EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO; AD-02 DOCUMENTOS NORMATIVOS BÁSICOS; AD-
03 PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS PRESUPUESTALES; AD-04 PROGRAMAS
PRESUPUESTARIOS.”, sin que haya presentado documentación justificativa y aclaratoria.

En consecuencia, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:

Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/048/2023-SA-03
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de
Coixtlahuaca, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, la documentación que justifique o aclare respecto a los Programas Presupuestarios, relativo
a:

Alineación de los Programas Presupuestarios con los ejes del Plan Municipal de Desarrollo y
Plan Estatal de Desarrollo

El H. Ayuntamiento del Municipio de Santiago Ihuitlán Plumas, Distrito de Coixtlahuaca,
Oaxaca, registró el Programa Presupuestario denominado “Gobierno Moderno”, con un importe
devengado total de $2,715,772.71 (Dos millones setecientos quince mil setecientos setenta
y dos pesos 71/100 M.N.), del cual se identificó que registró como acciones realizadas (columna
OBRAS/ACCIÓN de la tabla siguiente) los capítulos: 1000 Servicios Personales, 2000 Materiales
y Suministros y 3000 Servicios Generales. Sin embargo, las acciones mencionadas no fueron
susceptibles de alineación con los objetivos planteados en el Plan Municipal de Desarrollo ni del Plan
Estatal de Desarrollo debido a que las actividades realizadas/ejecutadas no fueron específicas en su
registro, como se muestra a continuación:

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