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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  ACTIVIDADES DE CONTROL

                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
                                                  Actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 8.9 puntos de un total de 20.0 puntos
                                                  asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado
                                                  no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, tener establecido
                                                  un sistema de control y vigilancia municipal de los bienes muebles e inmuebles del municipio,
                                                  realizar actividades de control interno que le permitan alcanzar sus objetivos municipales y
                                                  responder a los riesgos, evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de conocimiento,
                                                  competencias y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos institucionales; al
                                                  igual, no acreditó realizar revisiones periódicas o reuniones para detectar la eficacia en el logro de
                                                  los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos ni comunicar al responsable de cada área, las
                                                  políticas y procedimientos para que pueda implementar las actividades de control respecto de las
                                                  responsabilidades que tiene asignadas.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
                                                  acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
                                                  al componente de actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través de políticas
                                                  y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos, incluidos los
                                                  de corrupción y los de sistemas de información, en el control interno; a través de la implementación
                                                  del sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles del municipio;
                                                  realizar revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o
                                                  en el enfrentamiento de sus riesgos; y evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de
                                                  conocimiento, competencias y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos
                                                  institucionales. Asimismo, cumpla con las obligaciones y recomendaciones, políticas públicas,
                                                  lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema
                                                  Estatal de Combate a la Corrupción.

                                                  INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
                                                  Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 13.3 puntos de un total de
                                                  20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
                                                  fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar
                                                  con personal confiable para obtener información relevante que apoye al control interno, así como
                                                  tampoco dispone de una plataforma de transparencia oficial del municipio para el cumplimiento de la
                                                  publicación de la información de acuerdo con la normatividad aplicable.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
                                                  acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
                                                  al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que el
                                                  Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para respaldar
                                                  el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal; a través de la designación
                                                  de personal interno o externo necesario y confiable para obtener información relevante que apoye al
                                                  control interno y realizar la publicación de su información oficial en una página de internet del municipio.
                                                  Asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
                                                  normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
                                                  Combate a la Corrupción.
                                                  	
                                                  SUPERVISIÓN

                                                  Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
                                                  supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 0.0 puntos de un total de 20.0 puntos asignados,
                                                  correspondiente al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado no acreditó
                                                  ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con procedimientos o

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