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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
ACTIVIDADES DE CONTROL
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
Actividades de control, se determina un puntaje alcanzado de 8.9 puntos de un total de 20.0 puntos
asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado
no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, tener establecido
un sistema de control y vigilancia municipal de los bienes muebles e inmuebles del municipio,
realizar actividades de control interno que le permitan alcanzar sus objetivos municipales y
responder a los riesgos, evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de conocimiento,
competencias y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos institucionales; al
igual, no acreditó realizar revisiones periódicas o reuniones para detectar la eficacia en el logro de
los objetivos o en el enfrentamiento de sus riesgos ni comunicar al responsable de cada área, las
políticas y procedimientos para que pueda implementar las actividades de control respecto de las
responsabilidades que tiene asignadas.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de actividades de control, las cuales son acciones establecidas, a través de políticas
y procedimientos para alcanzar los objetivos institucionales y responder a sus riesgos, incluidos los
de corrupción y los de sistemas de información, en el control interno; a través de la implementación
del sistema de control y vigilancia municipal, de los bienes muebles e inmuebles del municipio;
realizar revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o
en el enfrentamiento de sus riesgos; y evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de
conocimiento, competencias y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos
institucionales. Asimismo, cumpla con las obligaciones y recomendaciones, políticas públicas,
lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema
Estatal de Combate a la Corrupción.
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
Información y comunicación, se determina un puntaje alcanzado de 13.3 puntos de un total de
20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a que el ente
fiscalizado no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar
con personal confiable para obtener información relevante que apoye al control interno, así como
tampoco dispone de una plataforma de transparencia oficial del municipio para el cumplimiento de la
publicación de la información de acuerdo con la normatividad aplicable.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que el
Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para respaldar
el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal; a través de la designación
de personal interno o externo necesario y confiable para obtener información relevante que apoye al
control interno y realizar la publicación de su información oficial en una página de internet del municipio.
Asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción.
SUPERVISIÓN
Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por el ente auditado, respecto al componente
supervisión, se determina un puntaje alcanzado de 0.0 puntos de un total de 20.0 puntos asignados,
correspondiente al valor total de este componente, debido a que el ente fiscalizado no acreditó
ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar con procedimientos o
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