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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
modificaciones al Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, con sus correspondientes INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
publicaciones, con las que justifique los ajustes en los Programas Presupuestarios, los objetivos
y metas originalmente programadas; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:
Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPM/051/2023-SA-02
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de Coatecas Altas, Distrito de Ejutla, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, toda aquella
información y documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que
se detalla en este resultado, relativo a:
PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS
Que aprobó su Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, por un importe de
$26,398,390.00 (Veintiséis millones trescientos noventa y ocho mil trescientos noventa
pesos 00/100 M.N.), para ejercer a través de tres Programas Presupuestarios, monto que registró
en la Cuenta Pública 2022 como Presupuesto de Egresos Aprobado y Modificado, para ejercer a
través de cuatro Programas Presupuestarios, observándose inconsistencias, debido a que los 3
Programas Presupuestarios originalmente aprobados en el Presupuesto de Egresos, no reportan
registros presupuestales de importes aprobados, ni modificados, ni prevalecen con registro al final
del ejercicio en la Cuenta Pública; asimismo, se observaron 4 programas presupuestarios que no
fueron autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado, no obstante, reportan importes
autorizados en dicho documento; sin evidencia de que se haya realizado la aprobación de la
modificación de dichos Programas, en razón a que no presentó las modificaciones al Presupuesto de
Egresos para el ejercicio fiscal 2022, con sus correspondientes publicaciones, con las que justifique
los ajustes en los Programas Presupuestarios, los objetivos y metas originalmente programadas;
como se detalla a continuación:
NO. PROGRAMAS AUTORIZADOS PRESUPUESTO APROBADO PROGRAMAS SEGÚN CUENTA MONTO AUTORIZADO MONTO MODIFICADO
SEGÚN PRESUPUESTO DE SEGÚN PRESUPUESTO DE PÚBLICA SEGÚN CUENTA SEGÚN CUENTA
EGRESOS APROBADO PÚBLICA PÚBLICA
EGRESOS
1 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
RED DE AGUA POTABLE
2 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
3 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE $26,398,390.00 SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
RED DE ENERGÍA ELÉCTRICA
4 DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO 9,879,673.00 11,404,673.00
5 EDUCACIÓN 0.00 1,866,795.94
6 VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS 16,518,717.00 5,535,308.40
7 COMUNICACIONES Y TRANSPORTES $0.00 7,591,612.66
TOTALES $26,398,390.00 $26,398,390.00 $26,398,390.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios artículo 18 párrafos primero y segundo; Ley General de Contabilidad
Gubernamental artículo 61 fracción II incisos a) y b); y Ley Orgánica Municipal del estado de
Oaxaca artículos 43 fracción XXIII párrafo primero, 47 fracción XVI, 68 fracciones IX y X, 95
fracción VII, 127, 128 último párrafo y 129; que a la letra dicen:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafos primero y segundo: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los
Municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del
desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e
incluirán cuando menos objetivos anuales, estrategias y metas. Las Leyes de Ingresos y los Presupuestos de Egresos de los Municipios
deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica y las estimaciones de las participaciones y Transferencias
federales etiquetadas que se incluyan no deberán exceder a las previstas en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y en el
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como aquellas transferencias de la Entidad Federativa correspondiente.”.
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