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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
RESULTADO: AD-03 CON OBSERVACIÓN INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
PRESUPUESTO DE EGRESOS Y SUS PROGRAMAS
El H. Ayuntamiento del Municipio de Coatecas Altas, Distrito de Ejutla, Oaxaca, aprobó su
Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022, por un importe de $26,398,390.00
(Veintiséis millones trescientos noventa y ocho mil trescientos noventa pesos 00/100
M.N.), para ejercer a través de tres Programas Presupuestarios, monto que registró en la Cuenta
Pública 2022 como Presupuesto de Egresos Aprobado y Modificado, para ejercer a través de
cuatro Programas Presupuestarios, observándose inconsistencias, debido a que los 3 Programas
Presupuestarios originalmente aprobados en el Presupuesto de Egresos, no reportan registros
presupuestales de importes aprobados, ni modificados, ni prevalecen con registro al final del
ejercicio en la Cuenta Pública; asimismo, se observaron 4 programas presupuestarios que no fueron
autorizados en el Presupuesto de Egresos Aprobado, no obstante, reportan importes autorizados en
dicho documento; sin evidencia de que se haya realizado la aprobación de la modificación de dichos
Programas, por lo que no demuestra que en la elaboración del Presupuesto de Egresos se haya
realizado una adecuada planeación y programación, formulando un Presupuesto de Egresos basado
en Resultados, como se detalla a continuación:
PROGRAMAS AUTORIZADOS SEGÚN PRESUPUESTO PROGRAMAS SEGÚN CUENTA MONTO MONTO MODIFICADO
NO. PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO SEGÚN PÚBLICA AUTORIZADO SEGÚN CUENTA
PRESUPUESTO DE SEGÚN CUENTA PÚBLICA
APROBADO SIN REGISTRO
EGRESOS PÚBLICA
1 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE RED SIN REGISTRO SIN REGISTRO
DE AGUA POTABLE
2 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE RED SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
3 CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE RED $26,398,390.00 SIN REGISTRO SIN REGISTRO SIN REGISTRO
DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO 9,879,673.00 11,404,673.00
4 EDUCACIÓN 0.00 1,866,795.94
VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS 5,535,308.40
5 COMUNICACIONES Y TRANSPORTES 16,518,717.00 7,591,612.66
$26,398,390.00 $0.00
6 $26,398,390.00
$26,398,390.00
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TOTALES
El ente fiscalizado no presentó las modificaciones al Presupuesto de Egresos para el ejercicio
fiscal 2022, con sus correspondientes publicaciones, con las que justifique los ajustes en los
Programas Presupuestarios, los objetivos y metas originalmente programados, por lo que no acredita
la autorización del Ayuntamiento para la modificación presupuestal realizada en los importes
originalmente autorizados en los programas aprobados.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 18 párrafos primero y segundo: “Las iniciativas de las Leyes de Ingresos y los proyectos de Presupuestos de Egresos de los
Municipios se deberán elaborar conforme a lo establecido en la legislación local aplicable, en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable, con base en objetivos, parámetros cuantificables e indicadores del
desempeño; deberán ser congruentes con los planes estatales y municipales de desarrollo y los programas derivados de los mismos; e
incluirán cuando menos objetivos anuales, estrategias y metas. Las Leyes de Ingresos y los Presupuestos de Egresos de los Municipios
deberán ser congruentes con los Criterios Generales de Política Económica y las estimaciones de las participaciones y Transferencias
federales etiquetadas que se incluyan no deberán exceder a las previstas en la iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación y en el
proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, así como aquellas transferencias de la Entidad Federativa correspondiente.”.
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 61 fracción II incisos a) y b): “Además de la información prevista en las respectivas leyes en materia financiera, fiscal y
presupuestaria y la información señalada en los artículos 46 a 48 de esta Ley, la Federación, las entidades federativas, los municipios, y
en su caso, las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, incluirán en sus respectivas leyes de ingresos y presupuestos de egresos u
ordenamientos equivalentes, apartados específicos con la información siguiente: II. Presupuestos de Egresos: a) Las prioridades de gasto,
los programas y proyectos, así como la distribución del presupuesto, detallando el gasto en servicios personales, incluyendo el analítico de
plazas y desglosando todas las remuneraciones; las contrataciones de servicios por honorarios y, en su caso, previsiones para personal
eventual; pensiones; gastos de operación, incluyendo gasto en comunicación social; gasto de inversión; así como gasto correspondiente a
compromisos plurianuales, proyectos de asociaciones público privadas y proyectos de prestación de servicios, entre otros; b) El listado de
programas así como sus indicadores estratégicos y de gestión aprobados.”.
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