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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
A efecto de corroborar que el importe de $776,297.59 (Setecientos setenta y seis mil
doscientos noventa y siete pesos 59/100 M.N.), registrado en la información contable
y presupuestal como ingresos excedentes de libre disposición, fue aplicado conforme a los
conceptos establecidos en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios, se constató lo siguiente:
a) Del análisis al Estado Analítico de Ingresos Detallado-LDF del 1 de enero al 31 de diciembre
de 2022, integrado en la Cuenta Pública Municipal del ejercicio fiscal 2022, se identificó
que el ente fiscalizado reportó Ampliaciones/Reducciones en los conceptos de Impuestos,
Derechos, Productos, Aprovechamientos y Participaciones por un Importe de $842,821.82
(Ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiún pesos 82/100 M.N.) como consta
en el auxiliar de la sub cuenta 81311 Modificaciones a la Ley de Ingresos Estimada.
b) Del análisis efectuado a la Balanza de comprobación detallada del 1 de enero al 31 de
diciembre del 2022, Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre del 2022, Estado
de Situación Financiera detallado-LDF al 31 de diciembre de 2021 y al 31 de diciembre de
2022 e Informe Analítico de la deuda pública y otros pasivos-LDF del 01 de enero al 31 de
diciembre del 2022, Informe Analítico de Obligaciones diferentes de financiamientos-LDF al 31
de diciembre de 2022, no se identificaron saldos iniciales en cuentas de pasivo con fuente de
financiamiento de libre disposición.
c) De la revisión y cotejo de los registros contabilizados con la sub subfuente de financiamiento
03 EXCEDENTES DEL EJERCICIO con la información presentada por el ente fiscalizado,
la relación detallada de los registros contables y presupuestales de los gastos pagados
con los ingresos excedentes de libre disposición recaudados en el ejercicio fiscal 2022 y la
documentación contable entregada por el ente fiscalizado, se identificaron registros en los que
efectuó la aplicación del gasto de los excedentes de libre disposición obtenidos en el ejercicio
fiscal 2022.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca,
justificar o aclarar, conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara
dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior
y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que
demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/356/2023, se notificó el día 13 de septiembre de
2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca,
en el proceso de aclaraciones y justificaciones, presentó oficio número 002/AC/2023 de fecha
28 de septiembre del 2023, suscrito por la C. Sofía Velásquez Cortez, Presidenta Municipal del H.
Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam, Oaxaca,
dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca; como consta en
acta circunstanciada de fecha 28 de septiembre de 2023, mediante el cual presentó la siguiente
información:
Balance Presupuestario Sostenible y la Responsabilidad Hacendaria de los Municipios, con
relación a la observación relativa a los puntos 4, 5 y 6, presentó original del oficio sin número
de fecha 27 de septiembre de 2023, signado por la C. Sofía Velásquez Cortez, Presidenta Municipal
del H. Ayuntamiento del Municipio de San Agustín Atenango, Distrito de Silacayoápam,
Oaxaca, dirigido a la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca;
mediante el cual manifiesta lo que a la letra dice: “…el término del año fiscal 2021 el Municipio el
cual presido, se vió en un asunto interno de confrontación el cual no permitió las bases para el diálogo,
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