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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                         recibos, dispersiones de nómina y los expedientes de personal que acrediten el perfil de las
                                                         plazas contratadas.

                                                   8.	 Se verificó que cumplió con retener el impuesto sobre la renta por los pagos de
                                                         remuneraciones, asimismo constatar que dichas retenciones se hayan enterado a las instancias
                                                         respectivas.

                                                   9.	 Se verificó la autorización en el presupuesto de egresos, los registros contables y
                                                         presupuestales relativos a las erogaciones efectuadas por obra pública, y que se encuentren
                                                         soportados con la documentación comprobatoria correspondiente y cumpla con la
                                                         normatividad aplicable.

                                                   10.	Se constató la amortización total del anticipo otorgado a los contratistas y que se haya
                                                         efectuado la retención y entero correspondiente al cinco al millar y al impuesto sobre
                                                         erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.

                                                   11.	 Se verificó que previo a la ejecución de la obra pública, los recursos económicos destinados
                                                         para el desarrollo del proyecto y ejecución de la obra se encuentren debidamente aprobados y
                                                         autorizados por las instancias normativas correspondientes.

                                                   12.	 Se verificó que el Ente Fiscalizable elaboró el Programa Anual de Obra, y que contó con los
                                                         estudios, proyectos, especificaciones de construcción y programas de ejecución, y que se
                                                         ajustó a las normas correspondientes, requisitos preliminares para la realización de las obras
                                                         públicas.

                                                   13.	 Se verificó el cumplimiento normativo del procedimiento de adjudicación realizado por el Ente
                                                         Fiscalizable para la contratación de obra pública.

                                                   14.	 Se verificó que la asignación de obra por contrato se encontrara debidamente sustentada y
                                                         formalizada, y que para la asignación por Administración Directa, el Ayuntamiento contó con la
                                                         capacidad técnica, administrativa, operativa y elementos necesarios para el desarrollo de los
                                                         trabajos.

                                                   15.	Se verificó que el Ente Fiscalizable, previo a la ejecución de la obra, acreditó haber
                                                         implementado los mecanismos de control, vigilancia y supervisión.

                                                   16.	Se verificó que la obra pública contó con la documentación justificativa consistente en
                                                         estimaciones de obra y su respectiva documentación soporte; y en caso de modificaciones, se
                                                         encuentren debidamente justificadas y formalizadas mediante los convenios modificatorios.

                                                   17.	 Se verificó que el ente auditado presentó la documentación comprobatoria que ampara el pago
                                                         de las estimaciones de obra, en caso de obras contratadas, o el pago de materiales, mano
                                                         de obra, alquiler de equipo y maquinaria de construcción utilizados en la obra, en caso de
                                                         Administración Directa.

                                                   18.	 Se realizó verificaciones e inspecciones físicas de obra, y constatar que las obras cumplieron
                                                         con los plazos de ejecución, que están concluidas, operan adecuadamente y que se ejecutaron
                                                         conforme a la documentación comprobatoria y justificativa.

                                                   19.	Se verificó que la terminación y entrega de los trabajos se realizaron conforme a la
                                                         normatividad aplicable de acuerdo a la modalidad de ejecución de la obra.

                                                   20.	 Se confirmó que la entidad municipal contrató obligaciones a corto plazo.

                                                   21.	 Se verificó los ingresos por financiamiento interno que fueron registrados y cuenten con la
                                                         documentación original comprobatoria.

                                                   22.	Se constató que los saldos reflejados por obligaciones a corto plazo contradas se realizaron
                                                         bajo las mejores condiciones, la existencia de registros contables específicos debidamente
                                                         actualizados, identificados y controlados, así como que se encuentren respaldados con la
                                                         documentación original comprobatoria y justificativa y cumpla con la normatividad aplicable.

                                                   23.	 Se confirmó que la entidad municipal contrató Deuda Pública.

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