Page 10 - Ocotlán de Morelos
P. 10

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Mismos que se detallan en los siguientes incisos:

                                                    c)	 De la revisión a la subcuenta 11121 BANCOS/TESORERIA, se observó que refleja un saldo
                                                        al 31 de diciembre de 2022, en cantidad de $968,882.31 (Novecientos sesenta y ocho mil
                                                        ochocientos ochenta y dos pesos 31/100 M.N.), del cual no se identifica la comprobación
                                                        del gasto realizado o el reintegro a la Hacienda Pública Municipal, como se detalla a
                                                        continuación:

                                                             CUENTA                            DESCRIPCIÓN                      SALDO FINAL
                                                  11121-01
                                                                      PARTICIPACIONES RAMO 28

                                                  11121-01-15-30001477 SCOTIABANK INVERLAT, S.A. CTA. 25604145943               774,958.16

                                                  11121-02            APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III)

                                                  11121-02-25-30001479 SCOTIABANK INVERLAT, S.A. CTA. 25604145886               193,924.15

                                                            TOTAL                                                               $968,882.31

                                                     d)	De la revisión a la subcuenta 21171 RETENCIONES Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A
                                                         CORTO PLAZO, se observó que refleja un saldo al 31 de diciembre de 2022, en cantidad de
                                                         $2,026,990.38 (Dos millones Veintiséismil novecientos noventa pesos 38/100 M.N.),
                                                         del cual no se comprobó que cuente con la documentación que compruebe el entero de dichas

                                                         retenciones.

                                                           CUENTA                                               DESCRIPCIÓN     SALDO FINAL
                                                     21171-01         PARTICIPACIONES (RAMO 28)                                                        
                                                     21171-01-15-101  I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS
                                                     21171-01-15-102  I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS             1,045.68
                                                     21171-02         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO III)                                1,119,062.77
                                                     21171-02-25-107  RETENCION 5 AL MILLAR
                                                     21171-02-25-147  3% IMPUESTO SOBRE NOMINA                                                         
                                                     21171-03         APORTACIONES (RAMO 33 FONDO IV)                                     78,179.74
                                                     21171-03-25-102  I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS           112,164.26
                                                     21171-03-25-107  RETENCION 5 AL MILLAR
                                                     21171-03-25-147  3% IMPUESTO SOBRE NOMINA                                                         
                                                     21171-08-11      RECURSOS FISCALES                                                425,016.94
                                                     21171-08-11-102  I.S.R. SOBRE HONORARIOS ASIMILABLES A SUELDOS Y SALARIOS
                                                     21171-08-11-107  RETENCION 5 AL MILLAR                                               12,517.64
                                                     21171-08-11-147  3% IMPUESTO SOBRE NOMINA                                              11,187.41
                                                                      TOTAL
                                                                                                                                       240,945.89
                                                                                                                                         14,633.88
                                                                                                                                          12,236.17

                                                                                                                                $2,026,990.38

                                                  Incumpliendo con lo establecido de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
                                                  y los Municipios artículo 17 primer párrafo, Ley del Impuesto Sobre la Renta artículo 96
                                                  párrafo primero, Ley Estatal de Hacienda artículo 63 párrafo cuarto y Ley de Hacienda
                                                  Municipal del Estado de Oaxaca artículo 94 Bis C, que a la letra dice:

                                                           Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                           Artículo 17 primer párrafo: “Las Entidades Federativas, a más tardar el 15 de enero de cada año, deberán reintegrar a la Tesorería de la
                                                           Federación las Transferencias federales etiquetadas que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido devengadas
                                                           por sus Entes Públicos”;

                                                           Ley del Impuesto Sobre la Renta

                                                           Artículo 96 párrafo primero: “Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo están obligados a efectuar retenciones
                                                           y enteros mensuales que tendrán el carácter de pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. No se efectuará retención a las personas
                                                           que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.”,

                                                           Ley Estatal de Hacienda

                                                           Artículo 63 párrafo cuarto: “En el caso de la fracción primera de este artículo, las personas físicas, morales o unidades económicas que
                                                           contraten la prestación de servicios con personas domiciliadas dentro o fuera del territorio del Estado, cuando ello implique la contratación

                                                  8
   5   6   7   8   9   10   11   12   13   14   15