Page 16 - San Melchor Betaza
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 de radio portátil; Comprobante Fiscal Digital por Internet, no obstante que muestra la leyenda
“cancelado” no se identifica el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que
fueron financiadas y reporte fotográfico referente a la entrega de radios portátiles para uso de la
sindicatura, atendiendo únicamente la documentación justificativa del gasto antes señalada.
Por lo anterior y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/085/2023-SA-01
Se le requiere al Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, presente ante
esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique o
aclare lo relativo a:
En relación a las sub-subcuentas 12465-03-25-5650100001 RADIOS MCA ICOM MOD IC-
F11000, 12465-03-25-5650100002 RADIOS MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-
5650100003 RADIOS MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-5650100004 RADIOS
MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-5650100005 RADIOS MCA ICOM MOD IC-
F11000, 12465-03-25-5650100006 RADIOS MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-
5650100007 RADIOS MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-5650100008 RADIOS
MCA ICOM MOD IC-F11000, 12465-03-25-5650100009 RADIOS MCA ICOM MOD IC-
F11000 y 12465-03-25-5650100010 RADIOS MCA ICOM MOD IC-F11000, se observó que
los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
justificativa del gasto referente a la constancia de recepción de los radios portátiles; los resguardos
correspondientes, así mismo no canceló la documentación con la leyenda “operado,” identificando
el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio con el que fueron financiadas, como se
detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO 31/07/2022 BANCARIA TRANSFERENCIA
Y NÚM. DE
CUENTA BANCARIA
000433 31/07/2022 50,000.00 000167 31/07/2022 50,000.00 APORTACIONES BANCO COMPRA ORDEN 50,000.00
(RAMO 33 FONDO MERCANTIL DE PAGO
IV) - RECURSOS DEL NORTE,
S.A. CUENTA SPEI CLAVE
FEDERALES DE RASTREO:
NÚMERO 8846APR2202
1174881192 207061794161746
TOTAL $50,000.00 $50,000.00 $50,000.00
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
06/07/2022 CE8C267D-8366- ISMAEL GOLZALEZ 50,000.00 4 RADIOS MCA. ICOM MOD. IC-F1100D N/S.52001938-6*52001936-2*520019393
4DE5-9EBC- MELGAR 4 RADIOS MCA. ICOM MOD. IC-F1100D N/S.52001940-7*52001935-5*52001934-8*52001933-1
2 RADIOS MCA. ICOM MOD. IC-F1100D N/S.52001932-4*52001931-7.
1A8836D94020
$50,000.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Artículos 42
primer párrafo, 43, 67 párrafo primero, 70 fracciones I y II; Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 186 párrafo tercero, que a la letra dice:
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 primer párrafo: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
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