Page 17 - San Melchor Betaza
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo.”
Artículo 70 fracciones I y II: “I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados,
identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se
presentará a los órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten. II. Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con
la leyenda “Operado” o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa
o convenio respectivo”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones.”
RESULTADO: AF-04 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación relativa al registro de los ingresos ministrados por
la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, se constató que ministró al
Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, recursos
relativos al Ramo General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios incluyendo los
ajustes, el importe de $2,431,865.00 (Dos millones cuatrocientos treinta y un mil ochocientos
sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.), del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-
D.F.) y Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios
y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-D.F.), los importes de
$3,758,318.60 (Tres millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos dieciocho pesos
60/100 M.N.) y $791,119.25 (Setecientos noventa y un mil ciento diecinueve pesos 25/100
M.N.), respectivamente, no obstante que existen diferencias entre los registros contables y lo
ministrado por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, por un importe
de $61,852.00 (Sesenta y un mil ochocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), que
corresponden al Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios por la cantidad de
$61,705.00 (Sesenta y un mil setecientos cinco pesos 00/100 M.N.), del Ramo 33 Fondo III, Fondo
de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal (FISM-D.F.) por la cantidad de $23.60 (Veintitrés pesos 60/100 M.N.) y del Ramo 33
Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-D.F.), por la cantidad de $123.40 (Ciento veintitrés
pesos 40/100 M.N.), los cuales no fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó
el Municipio en el ejercicio fiscal 2022, constatándose que dichos recursos ministrados fueron
depositados en las cuentas bancarias productivas especificas aperturadas para el ejercicio fiscal
2022, como se detalla a continuación:
A. Se detectaron ingresos superiores entre los registros contables del ente auditado y los
recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca,
específicamente en el Fondo General de Participaciones, debido a que el municipio registró
en la póliza de ingresos número 000065 de fecha 31 de mayo del 2022, el importe de
$5,664.00 (Cinco mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), debiéndolo registrar en
el Fondo de Fiscalización y Recaudación, además el ente auditado en las pólizas de ingresos
números 000180 y 000184 de fechas 31 de diciembre de 2022, no se encuentran soportados
con los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por un total de $122,488.00
(Ciento veintidós mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), se detalla en los
ANEXOS DAM-FC-01 y 02.
B. Se detectaron ingresos inferiores entre los registros contables del ente auditado y los recursos
ministrados y pagados por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca,
específicamente en el Fondo de Fomento Municipal, debido a que el municipio omitió realizar
el registro contable por el importe de $59,552.00 (Cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta
y dos pesos 00/100 M.N.) de fecha 30 de diciembre del 2022, con la descripción 627599 22 3
627599 FFM DIC 22, referente a la Institución Bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A. cuenta
número 1174881174; además que referente a la póliza de ingreso número 000183 de fecha 31
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