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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/463/2023 se notificó el día 09 de octubre del 2023,
                                                  a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un

                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, en el proceso de
                                                  justificaciones y aclaraciones, mediante el oficio original número 036/10/2023 de fecha 31
                                                  de octubre del 2023, suscrito por el C. Gerardo Ríos Flores, Presidente Municipal, dirigido a
                                                  la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
                                                  circunstanciada de fecha seis de noviembre del 2023, presentó la siguiente información:

                                                  Respecto a que existen diferencias entre los registros contables y lo ministrado por la
                                                  Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, por un importe de
                                                  $61,852.00 (Sesenta y un mil ochocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.). Presentó
                                                  oficios de aclaración; pólizas de ingresos; y Comprobantes Fiscales Digitales por Internet; referente

                                                  a las diferencias entre los registros contables y lo ministrado por la Secretaría de Finanzas,

                                                  atendiendo las diferencias por el importe de $61,852.00 (Sesenta y un mil ochocientos
                                                  cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), como se detalla en los ANEXOS DAM-FC-01-SEG-01 y
                                                  DAM-FC-02-SEG-02.

                                                  Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, la Auditoría Superior de

                                                  Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que atendió la observación relativa a la
                                                  documentación justificativa del gasto.

                                                  RESULTADO: AF-05	  CON OBSERVACIÓN

                                                  De la revisión a la documentación presentada por el ente fiscalizado, relativa a los registros

                                                  contables y presupuestarios de los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a Entidades
                                                  Federativas y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
                                                  Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y del
                                                  Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
                                                  Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó
                                                  que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos a favor del Gobierno del

                                                  Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir

                                                  de la recepción de las participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
                                                           Artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en un plazo
                                                           máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos federales aprobados
                                                           en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.

                                                  Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le recomendó al
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, instruyera a quien
                                                  corresponda, para que, en lo subsecuente, expida los comprobantes fiscales digitales a favor del
                                                  Gobierno del Estado en el plazo que establece la Ley.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/463/2023 se notificó el día 09 de octubre del 2023,
                                                  a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un

                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, en el proceso de
                                                  justificaciones y aclaraciones, mediante el oficio original número 036/10/2023 de fecha 31
                                                  de octubre del 2023, suscrito por el C. Gerardo Ríos Flores, Presidente Municipal, dirigido a
                                                  la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
                                                  circunstanciada de fecha seis de noviembre del 2023, presentó la siguiente información:

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