Page 103 - Santa María Zacatepec
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Generadores de obra, croquis, reportes fotográficos correspondiente a la obra “CONSTRUCCIÓN INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
DE TECHADO EN ÁREA DE IMPARTICIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA EN LA ESCUELA PRIMARIA
LÁZARO CÁRDENAS CCT20DPR2433L 1RA ETAPA EN LA LOCALIDAD DE SAN FELIPE
ATOTONILCO.”; Generadores de obra, croquis, reportes fotográficos correspondiente a la obra
“CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN ESPACIO MULTIDEPORTIVO 1RA ETAPA EN LA LOCALIDAD
DE AQUILES SERDÁN”; Generadores de obra, croquis, reportes fotográficos correspondiente a la
obra “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN BARRIO
CAJA DE AGUA”; Generadores de obra, croquis, reportes fotográficos correspondiente a la obra
“CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE LA
LIBERTAD, BARRIO LA CAPILLA.”.
Documentación que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió documentación con la información
referente a este resultado, sin embargo, se determinó que este resulta insuficiente para solventar la
observación emitida, toda vez que:
Presenta evidencia justificativa que acredita las observaciones de una obra, no presentó evidencia
justificativa de la ejecución de la totalidad de los conceptos observados, de tres obras, como se
relacionan en los anexos DAM-VIF-05-SEG-05, DAM-VIF-06-SEG-06, DAM-VIF-07-SEG-07 y
DAM-VIF-08-SEG-08.
Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones.
2022-OA/CPM/087/2023-PO-33
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de
Putla, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
la documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre el importe de $ 235,765.85
(Doscientos treinta y cinco mil pesos setecientos sesenta y cinco pesos 85/100 M.N.),
derivado de la Verificación e Inspección Física realizada a las obras incluidas en la muestra, sobre los
volúmenes de obra pagados no ejecutados, en tres obras como se relaciona a continuación:
NUM. NOMBRE DE LA OBRA NÚMERO DE NOMBRE DEL IMPORTE NÚMERO DE
CONTRATO CONTRATISTA DETERMINADO ANEXO
OC-1 CONSTRUCCIÓN DE TECHADO EN MSMZ/ VICTORIANO $205,058.11 DAM-VIF-05-
ÁREA DE IMPARTICIÓN DE EDUCACIÓN FISM/447/03/24/2022 CONSTRUCTORES SEG-05
FÍSICA EN LA ESCUELA PRIMARIA Y ASOCIADOS S.A.
LÁZARO CÁRDENAS CCT20DPR2433L DAM-VIF-07-
1RA ETAPA EN LA LOCALIDAD DE SAN DE C.V. SEG-07
FELIPE ATOTONILCO.
DAM-VIF-08-
OC-6 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN A MSMZ/ C.EUPREPIO $22,600.59 SEG-08
BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO EN FISM/447/01/08/2022 SÁNCHEZ
BARRIO CAJA DE AGUA. CARRADA
OC-9 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN MSMZ/ ARQUITECTURA $8,107.15
A BASE DE CONCRETO HIDRÁULICO FISM/447/01/39/2022 Y PROYECTOS
EN LA CALLE LA LIBERTAD, BARRIO LA PACHECO S.A. DE
CAPILLA.
C.V.
TOTAL $235,765.85
Fuente: Verificación e Inspección Física realizada al Municipio de Santa María Zacatepec, Distrito de Putla, Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
Estado de Oaxaca, Artículos 74 y la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para
el Estado de Oaxaca, que a la letra dice:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 56. - “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se realizará mediante
la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al efecto fijen las
Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones:
II.- Para el caso de que derivado de la revisión hecha por la residencia de supervisión resultaren diferencias numéricas o técnicas, las partes
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