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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Pliego de observaciones. INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
2022-OA/CPM/020/2023-PO-02
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Jerónimo Tlacochahuaya, Distrito de
Tlacolula, Oaxaca, presente ante ésta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $37,000.00 (Treinta y
siete mil pesos 00/100 M.N.), lo relativo a:
En relación a las sub-subcuentas 12465-03-25-5650100009 RADIO PORTATIL MARCA
KENWOOD MODELO NX 1200-NK SERIE C1A12383, 12465-03-25-5650100010 RADIO
PORTATIL MARCA KENWOOD MODELO NX 1200-NK SERIE C1A12385, 12465-03-25-
5650100011 RADIO PORTATIL MARCA KENWOOD MODELO NX 1200-NK SERIE C1A12387,
12465-03-25-5650100012 RADIO PORTATIL MARCA KENWOOD MODELO NX 1200-NK
SERIE C1A12389, 12465-03-25-5650100013 RADIO PORTATIL MARCA KENWOOD MODELO
NX 1200-NK SERIE C1A12953 y 12465-03-25-5650100014 RADIO PORTATIL MARCA
KENWOOD MODELO NX 1200-NK SERIE C1A12954, se observó que los registros contables y
presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto relativa
a la solicitud de la necesidad para la adquisición de radios portátiles, autorización correspondiente
para su adquisición, así también, los documentos referentes al proceso de contratación y las
demás circunstancias pertinentes, así como evidencia del destino del recurso, además, no canceló
la documentación con la leyenda “operado,” identificando el nombre del fondo de aportaciones,
programa o convenio con el que fueron financiadas, como se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y NÚM. DE TRANSFERENCIA
CUENTA BANCARIA
000747 01/04/2022 37,403.05 000237 01/04/2022 37,000.00 APORTACIONES 31/03/2022 BANCO MERCANTIL SPEI 3103221 CLAVE DE 37,000.00
(RAMO 33 FONDO DEL NORTE, S.A. RASTREO 8846APR22022
CUENTA NÚMERO
IV) - RECURSOS 1176775615 03301659705660
FEDERALES
$ 37,403.05 $37,000.00 $37,000.00
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
31/03/2022 BC6A4605-E1F0-4971- GONZALO 6 RADIO PORTATIL KENWOOD MOD. NX.1200-NK, 5 WATTS DE POTENCIA Y 64 CANALES. INCLUYE: ANTENA,
88AD-8B7C4E0E8836 SANTIAGO OREA 37,000.00 BATERÍA, CLIP Y CARGADOR RAPIDO DE ESCRITORIO. SERIES: C1A12383, C1A12385, C1A12387, C1A12389,
C1A12953, C1A12954.
$37,000.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42,
43, 67 párrafo primero, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, artículo
120; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo
186 párrafo tercero; Acuerdo por el que se emiten los lineamientos dirigidos a asegurar que
el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el registro y control de los Inventarios de
Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes Públicos inciso D.1.1 Alta, verificación y registro de
bienes muebles en el inventario párrafo tercero, en todas sus fracciones, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
artículos 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo. Los entes públicos implementarán programas para que los pagos se hagan directamente
en forma electrónica, mediante abono en cuenta de los beneficiarios, salvo en las localidades donde no haya disponibilidad de servicios
bancarios”
artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”,
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