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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que
dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”,
Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los
ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco
jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”;
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios
Artículo 8 párrafo primero: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la
correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículos artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los
principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de
incorporar la perspectiva de género y la perspectiva de infancia y adolescencia con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento
de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y mujeres, y para garantizar la protección, desarrollo y bienestar de
las niñas, niños y adolescentes, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias
a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal”; artículo 128
último párrafo “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este artículo, seguirán
el mismo procedimiento que para su aprobación” y artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso,
serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal”.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, justificar
o aclarar conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo
establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/321/2023, se notificó el día 07 de septiembre de
2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizada
en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, en el proceso de
aclaraciones y justificaciones, mediante el oficio original número PRESIDENCIA/SIA/113 de fecha
02 de octubre de 2023, suscrito por el C. Fortino Ríos Pérez, Presidente Municipal, dirigido a la
Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
circunstanciada de fecha 02 de octubre de 2023, presentó la siguiente información:
Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 1 de marzo de 2022, mediante la cual se analizó y
aprobó las modificaciones del Presupuesto de Egresos 2022, por la cantidad de $13, 877,636.97
(Trece millones ochocientos setenta y siete mil seiscientos treinta y seis pesos 97/100 M.N.), del
cual únicamente atendió lo relativo a las actas de cabildo en las que autorizaron las modificaciones
realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022.
Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que subsiste la
observación. Por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración.
2022-OA/CPM/007/2023-SA-02
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de
Miahuatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca
la documentación que justifique o aclare lo relativo a:
Respectó al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, se observó que no presentó la
evidencia en la que se identifiquen las ampliaciones y reducciones al presupuesto de egresos
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