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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                          Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                          Artículos 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que
                                                          dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”,
                                                          Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los
                                                          ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco
                                                          jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”;

                                                          Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

                                                          Artículo 8 párrafo primero: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la
                                                          correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.”

                                                          Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                          Artículos artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los
                                                          principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de
                                                          incorporar la perspectiva de género y la perspectiva de infancia y adolescencia con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento
                                                          de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y mujeres, y para garantizar la protección, desarrollo y bienestar de
                                                          las niñas, niños y adolescentes, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias
                                                          a nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal”; artículo 128
                                                          último párrafo “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este artículo, seguirán
                                                          el mismo procedimiento que para su aprobación” y artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso,
                                                          serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal”.

                                                  Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, justificar
                                                  o aclarar conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo
                                                  establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
                                                  Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
                                                  realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/321/2023, se notificó el día 07 de septiembre de
                                                  2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizada
                                                  en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de Miahuatlán, Oaxaca, en el proceso de
                                                  aclaraciones y justificaciones, mediante el oficio original número PRESIDENCIA/SIA/113 de fecha
                                                  02 de octubre de 2023, suscrito por el C. Fortino Ríos Pérez, Presidente Municipal, dirigido a la
                                                  Titular de la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
                                                  circunstanciada de fecha 02 de octubre de 2023, presentó la siguiente información:

                                                  Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 1 de marzo de 2022, mediante la cual se analizó y
                                                  aprobó las modificaciones del Presupuesto de Egresos 2022, por la cantidad de $13, 877,636.97
                                                  (Trece millones ochocientos setenta y siete mil seiscientos treinta y seis pesos 97/100 M.N.), del
                                                  cual únicamente atendió lo relativo a las actas de cabildo en las que autorizaron las modificaciones
                                                  realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022.

                                                  Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que subsiste la
                                                  observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración.
                                                  2022-OA/CPM/007/2023-SA-02
                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Ildefonso Amatlán, Distrito de
                                                  Miahuatlán, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca
                                                  la documentación que justifique o aclare lo relativo a:

                                                  Respectó al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, se observó que no presentó la
                                                  evidencia en la que se identifiquen las ampliaciones y reducciones al presupuesto de egresos

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