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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

RESULTADO: AF-14	                         CON OBSERVACIÓN                                                                                               INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que
la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $40,112.80 (Cuarenta
mil ciento doce pesos 80/100 M.N.), realizando un pago mediante transferencia bancaria con
afectación a la cuenta bancaria número 1174326406 de la institución bancaria Banco Mercantil
del Norte, S.A., correspondiente a los recursos del Ramo 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN-DF.); observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa al requerimiento de uniformes, la
autorización, evidencia de uso y destino de las prendas y el proceso de contratación que demuestre
que la adquisición de las prendas se realizó con las mejores condiciones para el municipio en cuanto
a precio, calidad y economía; así mismo se detectó que la documentación comprobatoria no se
encuentra cancelada con la leyenda “Operado”, identificando el nombre del fondo de aportaciones,
programas o convenio con el que fueron financiadas; como se detalla a continuación:

        PÓLIZA DE DIARIO       PÓLIZA DE EGRESO                                                                BANCO

NÚMERO      FECHA  IMPORTE NÚMERO         FECHA        IMPORTE        FUENTE DE          FECHA       INSTITUCIÓN BANCARIA   No. DE CHEQUE O  IMPORTE
                                                                  FINANCIAMIENTO                        Y NÚM. DE CUENTA    TRANSFERENCIA

                                                                                                                                 BANCARIA

000279 23/03/2022         40,112.80 000073 23/03/2022  40,112.80        APORTACIONES     22/03/2022  BANCO MERCANTIL DEL    CH-0000004       40,112.80
                                                                   (RAMO 33 FONDO IV) -              NORTE S.A., NÚMERO DE
                                                                  RECURSOS FEDERALES
                                                                                                       CUENTA: 1174326406

TOTAL              $40,112.80                      $40,112.80                                                                             $40,112.80

                                                                  COMPROBANTE

FECHA              NÚM.       PROVEEDOR   IMPORTE                                                    CONCEPTO

31/03/2022     01542B6D-         CECILIA  40,112.80    14 PIEZA CHAMARRA TIBURONERA CONFECCIONADA EN 100% NYLON DE 4 BOLSAS CON 2 BORDADOS
                   C89A-      JAQUELINE                (PECHO Y ESPALDA) TELA RESISTENTE AL AGUA Y CON FORRO INTERIOR CAPITONADO, 14 PIEZ
                              VIVAS CRUZ               PANTALON RISTOP MOD MANDO ÚNICO, 14 PIEZ PLAYERA POLO CON TRES BORDADOS TAMAÑO GAFETE
               4563-87BB-                              Y LEYENDA EN ESPALDA EN HILO GRIS Y 14 PAR BOTA POLICIAL NEW TRS.
            9BDF8B9AF4A7

                                          $40,112.80  

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental

         Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
         documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
         Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
         establezca el consejo.”
         Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
         comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
         términos de las disposiciones que emita el consejo.
         Artículo 70 fracción I: “I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados
         y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
         órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
         Artículo 70 fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
         disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”

         Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

         Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
         disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
         del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
         Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
         el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
         Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”

         Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

         Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
         con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
         solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
         relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.

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