Page 35 - 011 San Pedro Mártir Yucuxaco
P. 35
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
RESULTADO: AF-14 CON OBSERVACIÓN INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que
la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $40,112.80 (Cuarenta
mil ciento doce pesos 80/100 M.N.), realizando un pago mediante transferencia bancaria con
afectación a la cuenta bancaria número 1174326406 de la institución bancaria Banco Mercantil
del Norte, S.A., correspondiente a los recursos del Ramo 33, Fondo IV, Fondo de Aportaciones
para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN-DF.); observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
soportados con la documentación justificativa del gasto, relativa al requerimiento de uniformes, la
autorización, evidencia de uso y destino de las prendas y el proceso de contratación que demuestre
que la adquisición de las prendas se realizó con las mejores condiciones para el municipio en cuanto
a precio, calidad y economía; así mismo se detectó que la documentación comprobatoria no se
encuentra cancelada con la leyenda “Operado”, identificando el nombre del fondo de aportaciones,
programas o convenio con el que fueron financiadas; como se detalla a continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN BANCARIA No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO Y NÚM. DE CUENTA TRANSFERENCIA
BANCARIA
000279 23/03/2022 40,112.80 000073 23/03/2022 40,112.80 APORTACIONES 22/03/2022 BANCO MERCANTIL DEL CH-0000004 40,112.80
(RAMO 33 FONDO IV) - NORTE S.A., NÚMERO DE
RECURSOS FEDERALES
CUENTA: 1174326406
TOTAL $40,112.80 $40,112.80 $40,112.80
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
31/03/2022 01542B6D- CECILIA 40,112.80 14 PIEZA CHAMARRA TIBURONERA CONFECCIONADA EN 100% NYLON DE 4 BOLSAS CON 2 BORDADOS
C89A- JAQUELINE (PECHO Y ESPALDA) TELA RESISTENTE AL AGUA Y CON FORRO INTERIOR CAPITONADO, 14 PIEZ
VIVAS CRUZ PANTALON RISTOP MOD MANDO ÚNICO, 14 PIEZ PLAYERA POLO CON TRES BORDADOS TAMAÑO GAFETE
4563-87BB- Y LEYENDA EN ESPALDA EN HILO GRIS Y 14 PAR BOTA POLICIAL NEW TRS.
9BDF8B9AF4A7
$40,112.80
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo.
Artículo 70 fracción I: “I. Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados
y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
Artículo 70 fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda “Operado” o como se establezca en las
disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.
33