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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $72,000.00 (Setenta y dos mil pesos
00/100 M.N.) relativa a:
En relación a la sub-subcuenta 51331-3312 SERVICIOS DE CONTABILIDAD, AUDITORIA,
ASESORIA CONTABLE Y FISCAL, se observó que los registros contables y presupuestarios no
se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto referente a la solicitud, la
autorización, la evidencia del resultado final del servicio contratado y el proceso de contratación
que demuestre que el servicio se realizó con las mejores condiciones disponibles en cuanto a
precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; como se detalla a
continuación:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y NÚM. DE TRANSFERENCIA 72,000.00
CUENTA BANCARIA $72,000.00
000959 13/07/2022 72,000.00 000290 13/07/2022 72,000.00 PARTICIPACIONES 13/07/2022 BANCO MERCANTIL CLAVE DE RESTREO
(RAMO 28) - DEL NORTE S.A., 8846APR22022
RECURSOS 07131803111759
FEDERALES NÚMERO DE CUENTA:
1174326385
TOTAL $72,000.00 $72,000.00
COMPROBANTE
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
04/07/2022
17071FA0-F178-46F4-AB33- I-LAIR NEGOCIOS S.A. 72,000.00 SERVICIOS PROFESIONALES POR ASESORÍA CONTABLE CORRESPONDIENTE
F99BB6DB2F4F DE C.V. AL MES DE ENERO A JUNIO 2022.
$72,000.00
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42
párrafo primero, 43, 67 párrafo primero, 70 fracción I; Ley Orgánica Municipal del Estado de
Oaxaca, artículo 120; que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la
documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”
Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo.”
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles
del Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de
Adquisiciones y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan
el Ayuntamiento y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la
Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
RESULTADO: AF-19 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las sub-subcuentas 51331-3322 SERVICIOS DE INGENIERIA Y ACTIVIDADES
RELACIONADAS., se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en
cantidades de $103,728.00 (Ciento tres mil setecientos veintiocho pesos 00/100 M.N.),
realizando pagos con cheques y mediante transferencia bancaria con afectación a la cuenta
bancaria número 1174326385 de la Institución Bancaria Banco Mercantil del Norte, S.A. con
recursos del Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y Municipios; observando que
los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
comprobatoria del gasto, relativa al Comprobante Fiscal Digital por Internet, así como la
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