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Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
           Artículo 42: “La opción que las Dependencias, Entidades y Ayuntamientos apliquen en los términos del párrafo anterior, deberá
           fundarse según las circunstancias que concurran en cada caso, en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y
           honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado o Municipios; para tal efecto el titular de la Dependencia, Entidad
           o el Presidente Municipal para el caso de los Ayuntamientos, emitirá un acuerdo en el que deberán acreditar que la obra de que
           se trata encuadra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 43 y 45 de esta Ley, expresando de entre los criterios
           mencionados aquellos en que se funda el ejercicio de la opción.”
           Artículo 44 fracción IV: “El procedimiento de invitación restringida, se sujetará a las siguientes disposiciones:
           IV.- La apertura de los sobres podrá llevarse a cabo sin la presencia de los participantes, sin embargo, deberá invitarse a un
           representante de la Contraloría o del Órgano Interno de Control del Ayuntamiento en dicho acto.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H. Ayuntamiento del
Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, comprobar, justificar o aclarar la observación
que se detalla en este resultado y presentara toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/413/2023, notificado el 22 de septiembre de 2023, se dieron a
conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa
Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.

El Municipio de San Sebastián Tutla, Distrito del Centro, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
mediante oficio SST/PM/0303/2023 de fecha 06 de septiembre de 2023, presentó documentación como consta
en el acta circunstanciada de recepción de fecha 19 de octubre de 2023, para este resultado en particular, 25
hojas útiles de los folios 01 al 25, consistentes en:

Oficio de invitación dirigido al Órgano de Control Interno del Municipio de San Sebastián Tutla, emitido por el
Presidente Municipal, y oficio de respuesta a la invitación, firmado al calce por los contralores sociales, ambos de
fecha 17 de septiembre de 2022, en relación a la obra “Ampliación de la red de distribución de energía eléctrica
en las calles prolongación de la Ciénega, Av. Ferrocarril y segunda privada de Macedonio Alcalá en la localidad
de San Sebastián Tutla del Municipio de San Sebastián Tutla.”

Oficio de invitación dirigido al Órgano de Control Interno del Municipio de San Sebastián Tutla, emitido por el
Presidente Municipal, de fecha 26 de mayo de 2022 y oficio de respuesta a la invitación, firmado al calce por los
contralores sociales, de fecha 27 de mayo de 2022, en relación a la obra “Mejoramiento de la red de drenaje de
las calles Guerrero del cadenamiento 0+000 al 0+154 m y Benito Juarez del cadenamiento 0+000 al 0+073 M
en la localidad de San Sebastian Tutla.”

Oficio de invitación dirigido al Órgano de Control Interno del Municipio de San Sebastián Tutla, emitido por el
Presidente Municipal, de fecha 19 de septiembre de 2022 y oficio de respuesta a la invitación, firmado al calce
por los contralores sociales, de fecha 20 de septiembre de 2022, en relación a la obra “Construcción de muro de
contención en el fraccionamiento el Rosario 5a etapa.”

Oficio de invitación dirigido al Órgano de Control Interno del Municipio de San Sebastián Tutla, emitido por el
Presidente Municipal, de fecha 14 de septiembre de 2022 y oficio de respuesta a la invitación, firmado al calce
por los contralores sociales, de fecha 15 de septiembre de 2022, en relación a la obra “Construcción del espacio
multideportivo la Ex hacienda.”

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