Page 42 - 013 San Sebastian Tutla
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CLASIFICACIÓN POR PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE VARIACIÓN (D = B-A)
OBJETO DEL GASTO EGRESOS APROBADO MODIFICADO (B) EGRESOS DEVENGADO
CAPÍTULO 6000 (A) (C)
INVERSION PUBLICA
8,377,900.17 24,527,050.94 24,136,024.00 16,131,155.74
CAPÍTULO 7000 0.00 0.00 0.00 0.00
INVERSIONES FINANCIERAS Y
OTRAS PROVISIONES
CAPÍTULO 8000 0.00 0.00 0.00 0.00
PARTICIPACIONES Y
APORTACIONES
CAPÍTULO 9000 0.00 0.00 0.00 0.00
DEUDA PUBLICA
TOTALES $48,517,934.73 $72,044,662.42 $70,866,359.80 $23,526,727.69
Incumpliendo con lo establecido de la Ley General de Contabilidad Gubernamental artículos 63 y 65; Ley de
Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios artículo 8 párrafo primero; Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca, artículos 127 párrafo primero, 128 último párrafo y 129, que a la letra dice:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículos 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes
públicos que dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet”.
Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos
y los ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes,
conforme al marco jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet”.
Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Artículo 8 párrafo primero: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá
acompañarse con la correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras
previsiones de gasto”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Artículos artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con
base en los principios constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez,
además que deberá de incorporar la perspectiva de género y la perspectiva de infancia y adolescencia con la finalidad de
apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y mujeres,
y para garantizar la protección, desarrollo y bienestar de las niñas, niños y adolescentes, así como los demás programas de
actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a nivel de partidas y calendarización del gasto a
más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal”.
Artículo 128 último párrafo “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se
refiere este artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación”.
Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial
del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal”.
RESULTADO: AF-15 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA; se constató que la
entidad fiscalizada afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $9,447,368.43 (Nueve millones
cuatrocientos cuarenta y siete mil trescientos sesenta y ocho pesos 43/100 M.N.), realizando pagos mediante
cheque nominativo, con afectación a la cuenta bancaria número 1174764071 de la Institución Bancaria Banco
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