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Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca.
Articulo 8 penúltimo párrafo: “Recibidos los recursos de los fondos de Participaciones, así como de los fondos de Aportaciones
en las cuentas bancarias productivas específicas, los Municipios deberán registrarlos como ingresos y expedir el comprobante
fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca, remitiéndolo en un plazo máximo de diez días naturales contados a
partir de su recepción a la Secretaría”.
RESULTADO: AF-14 CON OBSERVACIÓN
De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, se constató que dicho documento fue
autorizado según Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 14 de diciembre 2021, por un importe
aprobado de $48,517,934.73 (Cuarenta y ocho millones quinientos diecisiete mil novecientos treinta y cuatro
pesos 73/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos
Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2022, integrado
en la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2022, se detectó que la entidad fiscalizada reflejó un presupuesto
modificado por el importe total de $72,044,662.42 (Setenta y dos millones cuarenta y cuatro mil seiscientos
sesenta y dos pesos 42/100 M.N.), de lo que se desprende que la variación entre el Presupuesto de Egresos
Modificado en relación con el Presupuesto de Egresos Aprobado es de $23,526,727.69 (Veintitrés millones
quinientos veintiséis mil setecientos veintisiete pesos 69/100 M.N.), observando que no presentó las actas de
cabildo en las que autorizaron las modificaciones realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022
y la evidencia en la que se identifiquen las ampliaciones y reducciones al presupuesto de egresos aprobado, así
como tampoco presentó evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al
presupuesto; así mismo no fueron publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta
Municipal, como se detalla a continuación:
CLASIFICACIÓN POR PRESUPUESTO DE PRESUPUESTO PRESUPUESTO DE VARIACIÓN (D = B-A)
OBJETO DEL GASTO EGRESOS APROBADO MODIFICADO (B) EGRESOS DEVENGADO
CAPÍTULO 1000 (A) (C)
SERVICIOS PERSONALES
18,256,800.00 21,417,777.86 21,413,375.70 3,178,977.86
CAPÍTULO 2000 5,165,000.00 6,903,381.75 6,868,287.27 1,732,881.74
MATERIALES Y SUMINISTROS
CAPÍTULO 3000 14,338,234.56 15,020,396.85 14,276,097.81 677,669.25
SERVICIOS GENERALES
CAPÍTULO 4000 500,000.00 86,351.11 86,351.11 -403,660.81
TRANSFERENCIAS,
ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y
OTRAS AYUDAS
CAPÍTULO 5000 1,880,000.00 4,089,703.91 4,086,223.91 2,209,703.91
BIENES MUEBLES,
INMUEBLES E INTANGIBLES
CAPÍTULO 6000 8,377,900.17 24,527,050.94 24,136,024.00 16,131,155.74
INVERSION PUBLICA
CAPÍTULO 7000 0.00 0.00 0.00 0.00
INVERSIONES FINANCIERAS Y
OTRAS PROVISIONES
CAPÍTULO 8000
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