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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Servicios del Estado de Oaxaca; observando que no presentó la siguiente documentación: pago de
tenencias, engomados, adquisición de placas, adquisición de tarjeta de circulación, contratos del
seguro automotriz con cobertura amplia de cada uno de los vehículos, así como los Contratos con el
Visto Bueno por parte de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración establecidos
en los respectivos Contratos de Comodatos Provisionales, como se detalla:
OFICIO DE AUTORIZACIÓN CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES CONTRATO DE COMODATO IMPORTE
DE RECURSOS PROVISIONAL OBSERVADO
SF/SPIP/DPIP/ SEMAEDESO/CONT/DCCDS/DMIR/02/2022 de De fecha 03 de noviembre $2,580,000.00
API21/0455/2022 fecha 09 de septiembre de 2022, celebrado con de 2022, celebrado con el H.
de fecha 18 de mayo de 2022 “Soluciones Integrales Lessirg, S.A. de C.V.”, por un Ayuntamiento del Municipio de
importe de $2,580,000.00 Santos Reyes Nopala, Distrito de
$2,600,000.00 Juquila, Oaxaca.
SF/SPIP/DPIP/ SEMAEDESO/CONT/DCCDS/DMIR/05/2022 De fecha 17 de noviembre de 2,580,000.00
API21/0548/2022 de fecha 03 de octubre de 2022, celebrado con 2022, celebrado con el Agente
de fecha 13 de junio de 2022 “Soluciones Integrales Lessirg, S.A. de C.V.”, por un Municipal de Puerto Escondido,
importe de $2,580,000.00 San Pedro Mixtepec, Juquila,
$2,600,000.00 Oaxaca.
SF/SPIP/DPIP/ SEMAEDESO/CONT/DCCDS/DMIR/03/2022 de De fecha 27 de noviembre 2,590,000.00
API21/0411/2022 fecha 09 de septiembre de 2022, celebrado con de 2022, celebrado con el H.
de fecha 11 de mayo de 2022 “Comercializadora Pixán de Bienes y Servicios, Ayuntamiento de San Juan
S.A. de C.V.”, por un importe de $2,590,000.00 Bautista Tuxtepec, Oaxaca.
$2,600,000.00
SF/SPIP/DPIP/ SEMAEDESO/CONT/DCCDS/DMIR/04/2022 de De fecha 30 de noviembre 1,348,000.00
API21/0354/2022 fecha 09 de septiembre de 2022, celebrado con de 2022, celebrado con el H. $9,098,000.00
de fecha 29 de abril de 2022 “Comercializadora Pixán de Bienes y Servicios, Ayuntamiento de San Agustín Etla,
S.A. de C.V.”, por un importe de $1,348,000.00 Oaxaca.
$1,350,000.00
TOTAL
FUENTE: Documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable.
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero; Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, artículos 186 párrafos primero, segundo y tercero, y 199 párrafo
primero; Contrato de Comodato Provisional de fecha tres de noviembre del año dos mil
veintidós, cláusulas TERCERA incisos a) y c), y SEXTA; Contrato de Comodato Provisional
de fecha 17 de noviembre del año dos mil veintidós, cláusulas TERCERA incisos a), b), y d),
y SEXTA; Contrato de Comodato Provisional de fecha 27 de noviembre del año dos mil
veintidós, cláusulas TERCERA incisos a), b) y d), y SEXTA; y Contrato de Comodato Provisional
de fecha treinta de noviembre del año dos mil veintidós, cláusulas TERCERA incisos a), b) y d), y
SEXTA, que a la letra dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.
Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo”.
Artículo 67 párrafo primero.- “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
términos de las disposiciones que emita el consejo”.
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Artículo 186 párrafos primero, segundo y tercero. “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
comprobatoria y justificativa. Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan
y demuestran fehacientemente que el Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables así como las relativas al gasto.
Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban con instancias federales, estatales o
municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras
de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública,
proyectos productivos y de fomento, entre otros”.
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