Page 14 - 05 Secretaria de Medio Ambiente
P. 14
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022 d) A presentar en un plazo de un mes, constancia de cada uno de los trámites a que se refieren los incisos a) y b) de la Cláusula
tercera, ante la Unidad Administrativa de esta Secretaría y de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración”.
Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contabilizado a partir de
la firma del presente instrumento, y con fecha de término el 30 de marzo de 2023, mismo que será sustituido por el instrumento jurídico, que
determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
“EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
“EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
término de las funciones inherentes a su cargo”.
RESULTADO: AF-05 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa
a la partida “Apoyo a la Comercialización”, ejercida con recursos provenientes de la fuente
de financiamiento AEBAA0121 Convenios e Incentivos derivados de la colaboración Fiscal
para el Estado, autorizada mediante oficio número SF/SPIP/DPIP/CIDCF21/0068/2022 de
fecha 11 de marzo de 2022, se constató que se adquirió un monta carga, mediante Contrato
de Adquisición número SEMAEDESO/DGA/006/2022 de fecha 15 de septiembre de 2022,
celebrado con la empresa Distribuidora de Bienes y Servicios Rosetta, S. de R.L. de C.V., bajo
la modalidad de Adjudicación Directa por excepción a la Licitación, llevada a cabo por el Comité
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, por un importe
de $1,469,800.00 (Un millón cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos pesos 00/100
M.N.), mismo que fue otorgado al Comisariado de Bienes Comunales de Santa Catarina Ixtepeji,
Ixtlán de Juárez, Oaxaca, mediante Contrato de Comodato Provisional de fecha 03 de noviembre
de 2022, observándose que la Entidad Fiscalizable realizó el pago del Comprobante Fiscal Digital
por Internet (CFDI), por concepto de un montacarga cuyas características descritas difieren con
las de la unidad vehicular recibida físicamente y que son las señaladas en el Acta de Entrega-
Recepción; asimismo, se verificó que en el Reporte General de Maquinaria, se encuentra registrado
el montacargas descrito en el CFDI; incumpliendo con las cláusulas establecidas en el Contrato de
Adquisición mencionado con anterioridad; como se muestra en el cuadro siguiente:
DOCUMENTOS
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) Acta de Entrega-Recepción de fecha Reporte General de: Mobiliario - Software -
Fecha: 23/09/2022 23 de septiembre del 2022. Periferico - Computo - Obras Literarias - Obras de
Folio fiscal: 048886EA-2AA2-405B-BF22-C98E996D8B09 Arte – Maquinaria de la Dirección de Patrimonio
Importe: $1,469,800.00 CON EL OBJETO DE LLEVAR A CABO de la Secretaría de Administración
LA ENTREGA-RECEPCIÓN DE UN
Concepto/Descripción MONTA CARGA, MODELO: CPCD30, Número de inventario 1157899
1 Motacargas, Modelo: CPCD30DIESEL, Marca:Joper, MARCA: JOPER, SERIE: 222012887- Marca: JOPER, Serie: 222010798, Modelo: CPCD30
Serie: 222010798, Motor: 266461 302524 DIESEL, Motor: 266461
Fuente: Documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable.
Además de lo anterior, se observa que no presentó el Contrato con el visto bueno por parte de la
Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración establecido en el Contrato de Comodato
Provisional.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero de la
Ley General de Contabilidad Gubernamental; 7 fracción XI, 125, 186 párrafos primero, segundo
y tercero, 199 párrafo primero y 210 párrafo segundo del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; cláusulas QUINTA párrafo tercero, SEXTA, SÉPTIMA
párrafo primero, OCTAVA, NOVENA fracción II incisos a) y e), DÉCIMA fracciones I y III y DÉCIMO
PRIMERA fracción I del Contrato de Adquisición número SEMAEDESO/DGA/006/2022 de
fecha quince de septiembre de dos mil veintidós; y cláusula SEXTA del Contrato de Comodato
Provisional de fecha tres de noviembre del año dos mil veintidós, que a la letra dicen:
12