Page 10 - 05 Secretaria de Medio Ambiente
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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                          COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
                                                          lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
                                                          cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
                                                          COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
                                                          “EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
                                                          término de las funciones inherentes a su cargo”.

                                                          Contrato de Comodato Provisional, de fecha 27 de noviembre del año dos mil veintidós.

                                                          Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
                                                          a) A realizar en el plazo de un mes los trámites necesarios para la legal circulación, el pago de las tenencias anuales, engomados, canje de
                                                          placas y actualización de las tarjetas de circulación, a nombre del Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y
                                                          Desarrollo Sustentable.
                                                          b) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del Gobierno del
                                                          Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
                                                          d) A presentar en un plazo de un mes, constancia de cada uno de los trámites a que se refieren los incisos a) y b) de la Cláusula tercera, ante
                                                          la Unidad Administrativa de esta Secretaría y de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración”.

                                                          Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contabilizado a partir de
                                                          la firma del presente instrumento, y con fecha de término el 27 de marzo de 2023, mismo que será sustituido por el instrumento jurídico, que
                                                          determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
                                                          “EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
                                                          COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
                                                          lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
                                                          cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
                                                          COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
                                                          “EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
                                                          término de las funciones inherentes a su cargo”.

                                                          Contrato de Comodato Provisional, de fecha treinta de noviembre del año dos mil veintidós.

                                                          Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
                                                          a) A realizar en el plazo de un mes los trámites necesarios para la legal circulación, el pago de las tenencias anuales, engomados,
                                                          canje de placas y actualización de las tarjetas de circulación, a nombre del Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio
                                                          Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
                                                          b) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del
                                                          Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
                                                          d) A presentar en un plazo de un mes, constancia de cada uno de los trámites a que se refieren los incisos a) y b) de la Cláusula
                                                          tercera, ante la Unidad Administrativa de esta Secretaría y de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración”.

                                                          Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contabilizado a partir de
                                                          la firma del presente instrumento, y con fecha de término el 30 de marzo de 2023, mismo que será sustituido por el instrumento jurídico, que
                                                          determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
                                                          “EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
                                                          COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
                                                          lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
                                                          cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
                                                          COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
                                                          “EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
                                                          término de las funciones inherentes a su cargo”.

                                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la
                                                Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad antes Secretaría
                                                del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, justificara o aclarara, conforme a las
                                                observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el
                                                artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
                                                Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
                                                tendientes a solventar la observación determinada.

                                                Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1749/2013, se notificó el día 30 de agosto de 2023, los
                                                Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
                                                plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad antes Secretaría del
                                                Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
                                                mediante oficio número MEDIOAMBIENTE/OS/1809/2023 de fecha 20 de septiembre de 2023,
                                                como consta en el acta circunstanciada de fecha 21 de septiembre de 2023, remitió documentos de
                                                atención al resultado mediante el cual manifiesta:

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