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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                             INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022

Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de administración de
la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y justificativos que autentifiquen las
operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la hacienda pública”.

Contrato de Comodato Provisional, de fecha tres de noviembre del año dos mil veintidós.

Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
a) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del Gobierno del
Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente Energías y Desarrollo Sustentable.
c) A realizar los trámites y pagos correspondientes a la tenencia y emplacamiento del vehículo”

Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contados a partir de la
firma del presente instrumento, y con fecha de término el 03 de febrero de 2023 mismo que será sustituido por el instrumento jurídico, que
determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
“EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
lo anterior para celebrar e Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
“EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
término de las funciones inherentes a su cargo”.

Contrato de Comodato Provisional, de fecha 17 de noviembre del año dos mil veintidós.

Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
a) A realizar en el plazo de un mes los trámites necesarios para la legal circulación, el pago de la tenencia anual, engomados, adquisición
de placas y adquisición de tarjeta de circulación, a nombre del Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y
Desarrollo Sustentable.
b) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del Gobierno del
Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
d) A presentar en un plazo de un mes, constancia de cada uno de los trámites a que se refieren los incisos a) y b) de la Cláusula tercera, ante
la Unidad Administrativa de esta Secretaría y de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración”.

Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contabilizados a partir
de la firma del presente instrumento, y con fecha de término el 17 de marzo de 2023, mismo que será sustituido por el instrumento jurídico,
que determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
“EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
“EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
término de las funciones inherentes a su cargo”.

Contrato de Comodato Provisional, de fecha 27 de noviembre del año dos mil veintidós.

Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
a) A realizar en el plazo de un mes los trámites necesarios para la legal circulación, el pago de las tenencias anuales, engomados, canje de
placas y actualización de las tarjetas de circulación, a nombre del Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y
Desarrollo Sustentable.
b) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del Gobierno del
Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
d) A presentar en un plazo de un mes, constancia de cada uno de los trámites a que se refieren los incisos a) y b) de la Cláusula tercera, ante
la Unidad Administrativa de esta Secretaría y de la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración”.

Claúsula “SEXTA.- “LAS PARTES” acuerdan que la VIGENCIA del presente Contrato será de 04 (CUATRO) MESES, contabilizado a partir de
la firma del presente instrumento, y con fecha de término el 27 de marzo de 2023, mismo que será sustituido por el instrumento jurídico, que
determine la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado; comprometiéndose
“EL COMODATARIO” a partir de la firma del presente contrato a presentar la documentación que le sea requerida a la brevedad por “EL
COMODANTE”, para dar continuidad al procedimiento respectivo ante la Dirección de Patrimonio de la Secretaría de Administración,
lo anterior para celebrar el Contrato respectivo con el Visto Bueno de la citada Dependencia, así mismo podrá darse por terminado
cuando se encuentre en el supuesto mencionado por el artículo 2393 del Código Civil vigente en el Estado de Oaxaca; obligándose “EL
COMODATARIO” para el caso de incumplimiento de la presente cláusula a presentar y entregar la unidad de motor en el domicilio de
“EL COMODANTE” en un término no mayor de cinco días posteriores al término de la vigencia de este contrato de comodato o en su caso al
término de las funciones inherentes a su cargo”.

Contrato de Comodato Provisional, de fecha treinta de noviembre del año dos mil veintidós.

Claúsula “TERCERA.- “EL COMODATARIO” se obliga a lo siguiente:
a) A realizar en el plazo de un mes los trámites necesarios para la legal circulación, el pago de las tenencias anuales, engomados,
canje de placas y actualización de las tarjetas de circulación, a nombre del Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio
Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.
b) A contratar en el plazo de quince días naturales un seguro automotriz con cobertura amplia, misma que quedará a favor del
Gobierno del Estado de Oaxaca/Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable.

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