Page 96 - 004 San Antonio Huitepec
P. 96

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  Solicitud de Aclaración

                                                  2022-OA/CPM/004/2023-SA-12

                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila,
                                                  Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                  documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a las obras incluidas en la muestra,
                                                  respecto de la documentación comprobatoria, presente las notas de bitácora de la realización de
                                                  conceptos contratados y pagados, observación presente en una obra como se desglosa en el anexo
                                                  DAM-VIF-04-SEG-04.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en el Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural
                                                  para el Estado de Oaxaca, Artículo 60 fracción VIII; y la Ley de Obras Públicas y Servicios
                                                  Relacionados del Estado de Oaxaca, Artículo 56 fracción I, que a la letra dice:
                                                  Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 60 fracción VIII: “Obligaciones del director responsable de la obra. Llevar en las obras un libro de bitácora foliado y
                                                           encuadernado en el cual se anotarán los siguientes datos: a) Nombre, atribuciones y firma del director responsable de obra y los
                                                           corresponsables, si los hubiere; el residente y la persona física o moral que ejecuta la obra; b) Fechas de las visitas del director responsable
                                                           de obra y de los corresponsables. c) Materiales empleados para fines estructurales o de seguridad. d) Procedimientos generales de
                                                           construcción o de control de calidad. e) Descripción de los detalles definidos durante la ejecución de la obra. f) Los cambios realizados a la
                                                           obra dentro de las tolerancias fijadas en el presente reglamento. g) Fecha de iniciación de cada etapa de obra; h) Incidentes y accidentes
                                                           en el proceso de la obra i) Observaciones e instrucciones especiales del director responsable de obra, de los corresponsables y de los
                                                           inspectores.”
                                                           Artículo 324: “Los propietarios de las edificaciones deberán conservar y exhibir, cuando sean requeridos por las autoridades, los planos y
                                                           memoria de diseño actualizados y el libro de bitácora, que avalen la seguridad estructural y en sus posibles modificaciones.”

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 56 fracción I: “El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad
                                                           o Ayuntamiento contratante, las estimaciones acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días
                                                           hábiles siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar
                                                           y en su caso autorizar la estimación de que se trate”.

                                                  RESULTADO: AF-54  CON OBSERVACIÓN

                                                  Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el
                                                  Municipio de San Antonio Huitepec, Distrito de Zaachila, Oaxaca, de las obras incluidas en la
                                                  muestra, se observa que diversos conceptos de obra en las estimaciones no presentaron fotografías
                                                  que evidencien la realización de esos trabajos, observaciones presentes en dos obras como se
                                                  relaciona a continuación:

                                                  NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA                                           LOCALIDAD       NÚMERO DE      IMPORTE      NÚMERO DE
                                                                                                                                     CONTRATO
                                                                                                                                                   DETERMINADO  ANEXO
                                                                                                                                 COP/MSAH/108/
                                                  OC-2  AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE                      SAN ANTONIO  FISMDF/07/2022    $1,426,135.33 DAM-VIF-05
                                                  OC-4  POR BOMBEO CON PANELES SOLARES.                                HUITEPEC
                                                                                                                                  COP/MSAH/108/    $154,776.50 DAM-VIF-06
                                                        AMPLIACIÓN DE CAMINO RURAL: SAN ANTONIO                     SAN ANTONIO  FAISM-DF/01/2022
                                                        HUITEPEC-SANTA MARÍA PEÑOLES DEL KM                            HUITEPEC
                                                        4+000 AL KM 9+000.

                                                                                                                                 TOTAL $1,580,911.83

                                                  Fuente: Expedientes técnicos presentados por el Ente Fiscalizado

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                           Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                           Artículo 56 fracción I. - “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se
                                                           realizará mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al
                                                           efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones:
                                                           I. El contratista deberá entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento
                                                           contratante, las estimaciones acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles
                                                           siguientes a la fecha de corte, y la residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar y en su
                                                           caso autorizar la estimación de que se trate.”

                                                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
                                                  H.  Ayuntamiento del Municipio de San Antonio Huitepec Distrito de Zaachila, Oaxaca, comprobar,

                                                  94
   91   92   93   94   95   96   97   98   99   100   101