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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022  periodísticas relativas a la noticia “Asesinan a ex presidente municipal de San Agustín Loxicha,
                                                  Oaxaca”, “Asesinan a expresidente municipal de San Agustín Loxicha, Oaxaca”, por el periódico
                                                  Proceso, “Asesinan a alcalde de San Bartolomé Loxicha, Oaxaca”, por el periódico Milenio, “Matan
                                                  a Balazos a sexagenario de Loxicha”, por el periódico El Imparcial y “Matan a cafetalero en San
                                                  Bartolomé Loxicha, Oaxaca”, por el periódico ONVI Noticias.

                                                  Documentación que acredita que la Entidad Fiscalizable remitió documentación con la información
                                                  referente a este resultado, sin embargo, se determinó que esta resulta insuficiente para solventar la
                                                  observación emitida, toda vez que:

                                                  No presentó la invitación al representante de las Cámaras y Colegios que correspondan y a los
                                                  representantes de las Dependencias y Entidades que conforme a sus atribuciones deban asistir
                                                  como se detalla en el ANEXO DAM-VIF-01-SEG-01, de tres obras.

                                                  Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste
                                                  la observación. Por lo que se emite:

                                                  Solicitud de Aclaración

                                                  2022-OA/CPM/005/2023-SA-04

                                                  Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de
                                                  Pochutla, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
                                                  la información y documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a las obras incluidas
                                                  en la muestra, respecto al procedimiento de adjudicación, en el acto de presentación y apertura de
                                                  proposiciones del procedimiento de licitación pública por el cual se adjudicó la obra, la invitación
                                                  al representante de las Cámaras y Colegios que correspondan y a los representantes de las
                                                  Dependencias y Entidades que conforme a sus atribuciones deban asistir, de tres obras como se
                                                  relaciona en el anexo DAMVIF01SEG01.

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del
                                                  Estado de Oaxaca, Artículo 38 primer párrafo; que a la letra dice:

                                                      Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

                                                      Artículo 38 primer párrafo. - “El acto de presentación y apertura de las proposiciones, lo presidirá el titular de la Dependencia o de la
                                                      Entidad convocante, y para el caso de los Ayuntamientos, lo presidirá el Presidente Municipal, pudiendo designar por escrito y bajo su
                                                      responsabilidad a un servidor público subordinado que lo represente, quien será el único facultado para aceptar o rechazar propuestas; así
                                                      mismo se invitará en calidad de observadores a un representante de las Cámaras y Colegios que correspondan y a los representantes de las
                                                      Dependencias y Entidades que conforme a sus atribuciones deban asistir, dicha invitación se hará con una anticipación no menor a cinco días
                                                      hábiles a la fecha de celebración del acto.”

                                                  RESULTADO: AF-35  CON OBSERVACIÓN

                                                  Derivado de la revisión efectuada a los expedientes técnicos unitarios, proporcionados por el
                                                  Municipio de San Bartolomé Loxicha, Distrito de Pochutla, Oaxaca, de las obras incluidas en la
                                                  muestra, respecto al procedimiento de contratación; se detectó que presentan cambios en el
                                                  proyecto de obra consistentes en modificación de conceptos y excedentes de volúmenes de
                                                  obra sin soporte y justificación, asimismo, no presenta el convenio correspondiente y el soporte
                                                  del mismo, evidenciando que los trabajos ejecutados no cumplieron con las características y
                                                  especificaciones con las que fueron contratados, de tres obras como se relaciona a continuación:

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