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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                   CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO   PRESUPUESTO                  PRESUPUESTO                PRESUPUESTO               VARIACIÓN (D =  INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                                                         DE EGRESOS                 MODIFICADO (B)               DE EGRESOS                        B-A)
CAPÍTULO 3000                                           APROBADO (A)                                           DEVENGADO (C)
SERVICIOS GENERALES
                                                            
CAPÍTULO 4000
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS  $1,415,677.83               $2,344,461.93              $2,297,211.76              $928,784.10
 
CAPÍTULO 5000                                                                                                                             $0.00
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES                         $ 53,220.38         $53,220.38                 $43,000.00
 
CAPÍTULO 6000                                                                                                                             -$55,288.36
INVERSION PUBLICA                                                $ 87,288.36        $32,000.00                 $32,000.00
 
CAPÍTULO 7000                                                                                                                             $441,673.07
INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS PROVISIONES                     $4,435,026.93       $4,876,700.00              $4,875,738.00
 
CAPÍTULO 8000                                                                                                                             $0.00
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES                                               $0.00  0.00                       0.00
 
CAPÍTULO 9000                                                                                                                             $0.00
DEUDA PUBLICA                                                                $0.00  0.00                       0.00
 
TOTALES                                                                                                                                   $0.00
                                                                             $0.00  0.00                       0.00

                                                        $8,509,147.50               $10,068,773.78             $9,977,705.34              $1,559,626.28

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

        Ley General de Contabilidad Gubernamental

        Artículo 63: “La Iniciativa de Ley de Ingresos, el Proyecto de Presupuesto de Egresos y demás documentos de los entes públicos que
        dispongan los ordenamientos legales, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”
        Artículo 65: “Los ordenamientos a que se refiere el artículo 63, una vez que hayan sido aprobados por los poderes legislativos y los
        ayuntamientos, así como los dictámenes, acuerdos de comisión y, en su caso, actas de aprobación correspondientes, conforme al marco
        jurídico aplicable, deberán publicarse en las respectivas páginas de Internet.”

        Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios

        Artículo 8 párrafo primero: “Toda propuesta de aumento o creación de gasto del Presupuesto de Egresos, deberá acompañarse con la
        correspondiente fuente de ingresos distinta al Financiamiento, o compensarse con reducciones en otras previsiones de gasto.”

        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca artículos

        Artículo 127 párrafo primero: “El Presupuesto de Egresos regulará el gasto público municipal y se formulará con base en los principios
        constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, además que deberá de incorporar la
        perspectiva de género y la perspectiva de infancia y adolescencia con la finalidad de apoyar la transversalidad y el cumplimiento de los
        programas, proyectos y acciones para la igualdad entre hombres y mujeres, y para garantizar la protección, desarrollo y bienestar de las
        niñas, niños y adolescentes, así como los demás programas de actividades del ayuntamiento, detallando las asignaciones presupuestarias a
        nivel de partidas y calendarización del gasto a más tardar el quince de diciembre del año que antecede al ejercicio fiscal”
        Artículo 128 último párrafo “Las modificaciones que sufra el Presupuesto de Egresos en los conceptos generales a que se refiere este
        artículo, seguirán el mismo procedimiento que para su aprobación”
        Artículo 129: “El Presupuesto de Egresos y las modificaciones que sufra en su caso, serán publicados en el Periódico Oficial del Gobierno
        del Estado o en la Gaceta Municipal”.

Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, justificar
o aclarar conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo
establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/257/2023, se notificó el día 24 de agosto de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable en un

plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

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