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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022          PÓLIZA DE DIARIO                    PÓLIZA DE EGRESO                                                           BANCO

                                                  NÚMERO   FECHA     IMPORTE NÚMERO           FECHA       IMPORTE           FUENTE DE       FECHA        INSTITUCIÓN     No. DE CHEQUE O         IMPORTE
                                                                                                                        FINANCIAMIENTO   03/12/2022  BANCARIA Y NÚM.     TRANSFERENCIA             20,098.16
                                                                                                                                          
                                                                                                                                                          DE CUENTA           BANCARIA          $20,098.16

                                                  002575 03/12/2022         20,098.16 000781  03/12/2022  20,098.16     PARTICIPACIONES              BANCO MERCANTIL         TRANSFERENCIA A
                                                                                                                            (RAMO 28) -                DEL NORTE, S.A.,   CUENTA DE TERCEROS
                                                                                                                            RECURSOS                  CUENTA NÚMERO:     CLAVE DE RASTREO: 440
                                                                                                                            FEDERALES                      1174930700

                                                  TOTAL              $20,098.16                           $20,098.16                                   

                                                                                                                     COMPROBANTE

                                                  FECHA              NÚM.                   PROVEEDOR           IMPORTE                              CONCEPTO

                                                  05/12/2022  337275C3-1E70-       PROVEEDORA DE BIENES            20,098.16  6 CAJA DE PAPEL DUPLICADOR/10 PAQUETES PAGEWIDE ORIGINAL/500
                                                                 4A1F-A47D-         Y SERVICIOS GLADIOLA                      HOJAS, 24 PIEZA REGISTRADOR T/C LEFORD, 2 PIEZA CARTUCHO DE TINTA
                                                                                                                              HP97AX NEGRA, 6 PIEZA NOTAS ADHESIVAS 3M POST IT 2027 COLORES
                                                              40F340F1C4D3                    S.A DE C.V.                     SURTIDOS, 6 PIEZA SET DE PEGAMENTO DIXON LIQUIDO Y LAPIZ ADHESIVO
                                                                                                                              Y 4 CINTA ADHESIVA 3ML.
                                                                                    
                                                                                                                $20,098.16  

                                                  Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                                                          Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                          Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
                                                          original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”
                                                          Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                          comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                          establezca el consejo.”
                                                          Artículo 67 párrafo primero: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
                                                          comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                          términos de las disposiciones que emita el consejo”
                                                          Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                                                          controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                                                          órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten”

                                                           Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca

                                                          Artículo 9 párrafo segundo: “Los servidores públicos de las entidades fiscalizables, así como cualquier persona física o moral, pública
                                                          o privada, fideicomiso, mandato o fondo, o cualquier otra figura jurídica, que reciban o ejerzan recursos públicos estatales o municipales,
                                                          que sean considerados como entidad fiscalizable en términos de la Constitución Local, de esta Ley y de cualquier otra disposición aplicable
                                                          que les otorgue ese carácter, deberán proporcionar la información y documentación que solicite la Auditoría Superior para efectos de sus
                                                          auditorías e investigaciones, de conformidad con los procedimientos establecidos en las leyes y sin perjuicio de la competencia de otras
                                                          autoridades y de los derechos de los usuarios del sistema financiero”.

                                                  Por lo anterior, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
                                                  Ayuntamiento del Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, comprobar,
                                                  justificar o aclarar la cantidad de $20,098.16 (Veinte mil noventa y ocho pesos 16/100 M.N.),
                                                  conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido
                                                  en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el
                                                  Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones realizadas
                                                  tendientes a solventar la observación determinada.

                                                  Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/257/2023, se notificó el día 24 de agosto de 2023,
                                                  los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable en un
                                                  plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                  El Municipio de San Francisco Sola, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, en el proceso de
                                                  aclaraciones y justificaciones, mediante oficio sin número, de fecha 19 de septiembre de 2023,
                                                  suscrito por el C. Meinardo Damián Ruiz, Presidente Municipal, dirigido a la Titular de la Auditoria
                                                  de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta circunstanciada de fecha 19 de
                                                  septiembre de 2023, presentó documentación; sin embargo, de este resultado en particular no
                                                  proporciono documentación, se determina que subsiste la observación. Por lo que se emite:

                                                  24
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