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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:               “RESULTADO: AF-07 CON OBSERVACIÓN

                            Solicitud de Aclaración:                                                                                                    De la revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa a la partida “Combustibles, Lubricantes
                            2023-OA/CPE/15/2024-SA-03                                                                                                   y Aditivos”, del rubro de “Materiales y Suministros” ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento
                            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que        “AALAA0123 ASIGNACIÓN PARA FUNCIONAMIENTO”, se observó lo siguiente:
                            justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”
                                                                                                                                                        1.-No presentó documentación comprobatoria y justificativa por un importe total de $3,519,797.64 (Tres millones
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                 quinientos diecinueve mil setecientos noventa y siete pesos 64/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAE-AF-02.
                            transcrito, como se detalla a continuación:
                                                                                                                                                        2.-De la revisión al “ANEXO “A”, ANEXO “EGRESOS 2023” ESTATAL”, presentado por la Entidad Fiscalizable, se constató que
                            Aclaración en donde manifiesta “…Este Instituto no elabora dicho Programa debido a que los                                  no presentó documentación comprobatoria y justificativa del gasto por un importe de $ 1,274,214.04 (Un millón
                            recursos de naturales estatal no son regularizables año con año.                                                            doscientos setenta y cuatro mil doscientos catorce pesos 04/100 M.N), toda vez que no exhibió las pólizas de diario, las
                            Corresponde a la Secretaría de Administración integrar el Programa Anual de Adquisiciones,                                  pólizas de egresos, las Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC´s), los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet
                            con fundamento en el artículo 68 fracción I del Reglamento Interno de la Secretaría de                                      (CFDI´s), los XML de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, la validación de los Comprobantes Fiscales Digitales
                            Administración…”                                                                                                            por Internet, los Comprobantes de las transferencias electrónicas de pago (SPEI), las solicitudes del área requirente y la
                                                                                                                                                        bitácora de combustible, como se detalla en el ANEXO DAE-AF-03.
                            Asimismo, presentó el Reglamento Interno de la secretaría de Administración.
                                                                                                                                                        3.- Además, se constató que ejercieron recursos que no corresponden a la partida de Combustibles, Lubricantes y
                            De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la                                   Aditivos por un importe de $33,676.41 (Treinta y tres mil seiscientos setenta y seis pesos 41/100 M.N), como se detalla a
                            Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; Por lo anterior, esta Auditoría Superior de                                  continuación:
                            Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.
                                                                                                                                                        PÓLIZAS DE         FECHA DE LAS  IMPORTE       CONCEPTO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI)
                            El siguiente resultado AF-06 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                                 EGRESOS               PÓLIZAS
                            transcribe a continuación:                                                                                                                                   $ 3,005.50 FOTOCOPIAS
                                                                                                                                                           E-0611            12/12/2023
                            “RESULTADO: AF-06 SIN OBSERVACIÓN
                                                                                                                                                        E-0670             13/12/2023    $ 2,561.00 CAMBIO DE BOBINA DE IGNICION
                            De la revisión a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, relativa a la partida “Alimentación, Servicio de
                            Comedor y Víveres para Personas”, del rubro de “Materiales y Suministros” ejercida con recursos provenientes de la          E-0674             13/12/2023    $ 4,408.00    BUJIA, FILTRO DE GASOLINA, FILTRO PARA AIRE, FILTRO PARA ACEITE, LITROS DE
                            fuente de financiamiento “AALAA0123 ASIGNACIÓN PARA FUNCIONAMIENTO” por un importe de $6,500,000.00 (Seis millones          E-0675             13/12/2023    $ 4,700.42    ACEITE, CARBUCLEAN, LIQUIDO PARA LAVAR INJECTORES, BALATAS DELATERAS, KIT
                            quinientos mil pesos 00/100 M.N.), se constató que se encuentra registrada contable y presupuestalmente y soportada         E-0676             13/12/2023    $ 7,808.65    DE BALEROS DELANTEROS, RETEN DE RUEDA DELANTERA, GRASA PARA BALEROS,
                            con documentación comprobatoria y justificativa del gasto.                                                                  E-0677             13/12/2023     $ 11,192.84  BALATAS TRASERAS, JGO. DE HERRAJES PARA BALATAS TRASERAS, TAMBORES DE
                                                                                                                                                                                                       FRENOS, FOCO, DESTELLADOR P/INTERMITENTES, FOCO H4, PALANCA DE LUCES
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no realiza observación alguna respecto a
                            este resultado.”                                                                                                                                                           BUJIA, FILTRO PARA AIRE, FILTRO PARA ACEITE, LITROS DE ACEITE, CARBUCLEAN,
                                                                                                                                                                                                       LIQUIDO PARA LAVAR INJECTORES, BALATAS DELATERAS, PISTON PARA CALIPERS,
                            Debido a lo anterior, este resultado permanece sin observaciones.                                                                                                          RESPUESTO PARA CALIPER, PURGADOR DE FRENOS, BIRLO, TUERCA PARA BIRLO, JGO.
                                                                                                                                                                                                       DE HERRAJES PARA BALATAS TRASERAS
                            El siguiente resultado AF-07 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                                                                                 BUJIA, FILTRO PARA AIRE, FILTRO PARA ACEITE, LITROS DE ACEITE, CARBUCLEAN,
                                                                                                                                                                                                       LIQUIDO PARA LAVAR INJECTORES, BALATAS DELANTERAS, BALATAS TRASERAS,
                                                                                                                                                                                                       BALATAS PARAFRENO DE MANO O AUXILIARES, DISCO DE FRENOS TRASERO, SOPORTE
                                                                                                                                                                                                       PARA MOTOR TRASERO, SOPORTE PARA MOTOR DELANTERO, SOPORTE PARA MOTOR
                                                                                                                                                                                                       SUPERIOR, SOPORTE PARA TRANSMISIÓN

                                                                                                                                                                                                       BOMBA PARA ACEITE, LITROS DE ACEITE
                                                                                                                                                                                                       FILTRO PARA ACEITE, JUNTA PARA TAPA DE PUNTERIAS

                                                                                                                                                                    Total                $33,676.41

                                                                                                                                                        Fuente: Documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, correspondiente al ejercicio fiscal 2023.

                                                                                                                                                        4.-Aunado a lo anterior, se constató que ejercieron recursos por un importe de $193,229.28 (Ciento Noventa y Tres mil
                                                                                                                                                        doscientos veintinueve pesos 28/100 M.N), observando que se le suministro combustible a vehículos que no se
                                                                                                                                                        encuentran en la plantilla vehicular, toda vez que, los números de placas y modelo reportados en las solicitudes de
                                                                                                                                                        vales de combustible no corresponden a los de la entidad, cómo se detalla en el ANEXO DAE-AF-04.

                                                                                                                                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación; 42 párrafo primero, 43 y
                                                                                                                                                        67 párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 4 párrafo tercero y cuarto de la Ley Estatal de
                                                                                                                                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11, 28 y 45 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,

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