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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 186 párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos,
solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios
relacionados con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros.”.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Municipio
de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca, justificar o aclarar la cantidad de $ 30,856.40
(Treinta mil ochocientos cincuenta y seis pesos 40/100 M.N.), conforme a la observación que se
detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido el artículo 22 segundo párrafo de
la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación
determinada.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/205/2023, se notificó el día 15 de agosto de 2023,
los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizada en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y
justificaciones, presentó el oficio original número MMA/001789/2023 de fecha 29 de agosto de
2023, suscrito por el C. Virgilio Pérez Santiago, Presidente Municipal, dirigido al Director de Auditoria
Municipal A, como consta en el acta circunstanciada de fecha treinta de agosto de 2023, en el cual
manifiesta lo siguiente:
“Que mediante oficio número PM/MA/074/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, fue notificado el
expresidente municipal Jesús Santiago Santiago del periodo 2020-2022, con fecha 18 de agosto de
2023, los resultados finales y observaciones preliminares de esta auditoría financiera del ejercicio 2022,
y se le emplazó, para que presentara las aclaraciones y justificaciones necesarias para solventar
las observaciones realizadas por esta autoridad, sin que a la fecha, haya proporcionado o exhibido
documentación o información alguna, motivo por el cual no se anexa información.”
En consecuencia, la Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observación.
2022-OA/CPM/001/2023-PO-17
Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de Magdalena Apasco, Distrito de Etla, Oaxaca,
presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que
compruebe, aclare o reintegre la cantidad de $ 30,856.40 (Treinta mil ochocientos cincuenta y
seis pesos 40/100 M.N.) lo relativo a:
En relación a la sub-subcuenta 51271-2731 ARTÍCULOS DEPORTIVOS; se observó que
los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación
justificativa del gasto, relativa a la solicitud, requerimiento de los artículos, la autorización, evidencia
de uso y destino de las prendas y el proceso de contratación que demuestre que la adquisición de
las prendas se realizó con las mejores condiciones para el municipio en cuanto a precio, calidad y
economía; como se detalla en los siguientes movimientos:
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO
FUENTE DE FINANCIAMIENTO CAJA
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE 10,336.00
000658
09/03/2022 10,336.00 000339 09/03/2022 10,336.00 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - RECURSOS FEDERALES
00941 24/03/2022 13,792.40 000485 24/03/2022 13,792.40 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - RECURSOS FEDERALES $10,336.00
001184 06/04/2022 6,728.00 000598 06/04/2022 6,728.00 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - RECURSOS FEDERALES
TOTAL $30,856.40
$30,856.40
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