Page 12 - Huajuapan de León
P. 12
El siguiente resultado AF-12 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se (…) CON OBSERVACIÓN
transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-13
INFORME FINAL DE AUDITORÍA
(…) CON OBSERVACIÓN De la revisión a las sub-subcuentas 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN;
51241-2472 PRODUCTOS METÁLICOS DE ACABADO y 51241-2481 MATERIALES Y ACCESORIOS PARA
“RESULTADO: AF-12 ACONDICIONAMIENTO; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en
cantidades de $1,133,711.36 (Un millón ciento treinta y tres mil setecientos once pesos 36/100 M.N.),
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2461 MATERIAL PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS; se constató $985,083.11 (Novecientos ochenta y cinco mil ochenta y tres pesos 11/100 M.N.) y $120,507.86 (Ciento
que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $4,756,538.53 (Cuatro veinte mil quinientos siete pesos 86/100 M.N.), respectivamente; haciendo un importe total de
millones setecientos cincuenta y seis mil quinientos treinta y ocho pesos 53/100 M.N.); observando la $2,239,302.33 (Dos millones doscientos treinta y nueve mil trescientos dos pesos 33/100 M.N.);
cantidad de $137,133.23 (Ciento treinta y siete mil ciento treinta y tres pesos 23/100 M.N.), debido a observando la cantidad de $579,589.70 (Quinientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y nueve
que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación pesos 70/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran
comprobatoria y justificativa del gasto; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09. soportados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto; como se detalla en el
ANEXO DAM-FC-10.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43,
67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafos tercero y cuarto Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 34, 42,
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafos tercero y
cuarto del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción: Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/010/2024-PO-08 Pliego de Observaciones.
2023-OA/CPM/010/2024-PO-09
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $137,133.23 (Ciento documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $579,589.70 (Quinientos
treinta y siete mil ciento treinta y tres pesos 23/100 M.N.), conforme a la observación detallada en setenta y nueve mil quinientos ochenta y nueve pesos 70/100 M.N.), conforme a la observación
este resultado.” detallada en este resultado.”
(…) (…)
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09-SOL-09. observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10-SOL-10.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
como solventado el resultado AF-12. como solventado el resultado AF-13.
El siguiente resultado AF-13 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se El siguiente resultado AF-14 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: transcribe a continuación:
10