Page 9 - San Jeronimo Coatlan
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Código de Ética                                                                                                La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                                 INFORME FINAL DE AUDITORÍA
                                                                                                               transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Respecto del documento presentado como Código de Ética, el cual se encuentra aprobado, se
observó que la Entidad Fiscalizable no presentó a requerimiento evidencia que acredite la publicación          Respecto a la observación que no presentó la publicación y difusión de los documentos
y difusión del presente documento.                                                                             denominados: Manual de Organización, Manual de Procedimientos, Código de Ética,
                                                                                                               Código de Conducta, así como del Bando de Policía y Gobierno, presentó copia certificada
Código de Conducta                                                                                             de hoja con título de “GACETA MUNICIPAL DE SAN JERÓNIMO COATLÁN EDICIÓN MARZO 2023”
                                                                                                               donde hace referencia a la posible publicación de los documentos, asimismo, presentó
Respecto del documento presentado como Código de Conducta, el cual se encuentra aprobado, se                   copia certificada de escrito donde argumenta lo siguiente: “…En Sesión Extraordinaria de
observó que la Entidad Fiscalizable no presentó a requerimiento evidencia que acredite la publicación          Cabildo de fecha tres de marzo del año dos mil veintitrés, tuvo a bien aprobar y expedir los
y difusión del presente documento.                                                                             siguientes documentos normativos del Municipio:

Bando de Policía y Gobierno                                                                                          ? MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN.
                                                                                                                     ? MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN.
Respecto del Bando de Policía y Gobierno, el cual se encuentra elaborado y aprobado dentro de los                    ? CÓDIGO DE ÉTICA DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN.
primeros 90 días a la toma de posesión del H. Ayuntamiento, se observó que la Entidad Fiscalizable no                ? CÓDIGO DE CONDUCTA DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN.
presentó a requerimiento evidencia que acredite su publicación y difusión, así como tampoco                          ? BANDO DE POLICÍA Y GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO COATLÁN, OAXACA.”.
presentó evidencia que acredite que haya sido remitido al Congreso del Estado de Oaxaca para su
conocimiento.                                                                                                  Sin anexar contenido a la hoja con título de “GACETA MUNICIPAL DE SAN JERÓNIMO COATLÁN
                                                                                                               EDICIÓN MARZO 2023” relacionado al Manual de Organización, Manual de Procedimientos,
Reglamentos Municipales y Reglamento Interno                                                                   Código de Ética, Código de Conducta, así como del Bando de Policía y Gobierno, en
                                                                                                               consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Se verificó que la Entidad Fiscalizable no presentó a requerimiento, Reglamentos Municipales y                 Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
Reglamento Interno, motivo por lo cual, no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del
Estado de Oaxaca, haber elaborado, aprobado, publicado, difundido dentro de los primeros 90 días               Respecto a la observación que no acreditó que el Bando de Policía y Gobierno haya sido
de su administración y haberlos remitido al Congreso del Estado de Oaxaca para su conocimiento.                remitido al Congreso del Estado de Oaxaca para su conocimiento, presentó copia certificada
                                                                                                               de oficio sin número, de fecha 13 de marzo de 2023, con sello de recepción de fecha 14 de
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 115 fracción II párrafos primero y segundo de la              marzo de 2023, suscrito por el C. Gonzalo López Gijón, Presidente Municipal de la Entidad
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 16 de la Ley General de Responsabilidades               Fiscalizable, dirigido al Diputado Presidente de la Mesa Directiva de la LXV Legislatura del
Administrativas; 5 párrafo segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 23, 71               Congreso del Estado de Oaxaca, a través del cual, hizo del conocimiento a la H. Mesa
párrafo primero fracción II incisos a) y b) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información       Directiva de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca que mediante sesión
Pública; 113 fracción I párrafo décimo cuarto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de       extraordinaria de cabildo de fecha 03 de marzo de 2023, se aprobó el Bando de Policía y
Oaxaca; 5 párrafo segundo de la Ley del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; 5 párrafo                  Gobierno, asimismo se hace del conocimiento al Congreso del Estado de la publicación y
primero, 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca; 7                difusión del mismo documento mediante Gaceta Municipal. Sin embargo, no presentó
párrafo primero fracción IV, 10 párrafo primero fracciones II, VIII, X y XIII, 19 párrafos primero y segundo,  evidencia de haber remitido el documento denominado “Bando de Policía y Gobierno” al
30 párrafo primero fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y           Congreso del estado como lo establece la normatividad, en consecuencia, no ejerció a su
buen Gobierno del Estado de Oaxaca; 29 párrafo segundo, 43 párrafo primero fracciones I, I Bis párrafo         favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
primero, 47 párrafo primero fracción X, 68 párrafo primero fracción V, 134, 138, 139, 140, 141 de la Ley       de Cuentas del Estado de Oaxaca.
Orgánica Municipal del estado de Oaxaca; Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos
para la emisión del Código de Ética.                                                                                                                                                                                                                    7

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

Solicitud de Aclaración:

2023-OA/CPM/041/2024-SA-02

Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en
este resultado.”

(…)
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