Page 8 - San Juan Lachigalla
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA de acuerdo a lo establecido en la normatividad aplicable vigente en el 2023, por lo que se La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
tiene por no solventada la observación realizada. antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Determinando que el Ente Fiscalizable incumplió con los artículos 175 fracción IX y 176 de Presentó copias certificadas de Contratos Bancarios, Caratulas de Conciliaciones
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca. Bancarias, estados de cuenta de enero a diciembre de 2023 y auxiliares contables del 01
de enero al 31 de diciembre de 2023, de las cuentas número 1214821432, 1214822756 y
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera 1214824778, constatando la apertura de cuentas bancarias productivas específicas de
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, manera mancomunada correspondientes al Ramo 28 Participaciones a Entidades
concluyendo como no solventado el resultado AC-03. Federativas y Municipios, y al Ramo 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y
El siguiente resultado AC-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
se transcribe a continuación: Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN), acreditando que los recursos ministrados por
la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado se encuentran contenidos en los estados
(…) de cuentas bancarios.
“RESULTADO: AC-04 CON OBSERVACIÓN Por lo anterior, está Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se constató que concluyendo como solventado el resultado AC-04.
no presentó los Contratos de las cuentas bancarias correspondientes al Ramo 28 Participaciones a
Entidades Federativas y Municipios, y al Ramo 33 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de auditoría, mismo que
Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y Fondo de se transcribe a continuación:
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del
Distrito Federal (FORTAMUN), por lo que, no comprobó que se hayan aperturado cuentas bancarias (…)
productivas específicas de manera mancomunada para cada ramo o fondo; así mismo, no
presentó las conciliaciones bancarias que contengan los auxiliares contables bancarios, por lo “RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN
anterior, no acreditó que los recursos ministrados por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del
Estado, contenidos en los Estados de cuenta, hayan sido registrados en el Sistema de contabilidad De la revisión y fiscalización a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable a
del Municipio en el ejercicio 2023. requerimiento de auditoría, se constató que presentó el documento denominado “RELACIÓN DE
BIENES MUEBLES QUE COMPONEN EL PATRIMONIO MUNICIPAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023”; sin embargo,
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 69 párrafos primero, tercero y cuarto y 70 no acreditó que dicho inventario, así como la disposición de baja de bienes, en caso que se hubiera
párrafo primero fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 8 párrafos segundo y realizado, se encontraran debidamente registrados en la Cuenta Pública del ejercicio 2023, en virtud
quinto de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Oaxaca y 12 párrafo primero de la Ley de de que no fue presentada ante esta Auditoría Superior de Fiscalización. De igual manera, no presentó
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca. evidencia de que el inventario haya sido enviado al Congreso del Estado para su conocimiento, así
como su correspondiente publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: Municipal.
Solicitud de Aclaración: Por otra parte, omitió presentar el expediente de Sesiones de Instalación del Comité de Adquisiciones
2023-OA/CPM/056/2024-SA-04 y Contratación de Servicios, así como el Padrón de Proveedores.
Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en Incumpliendo con lo establecido en los artículos 23, 24, 25, 27, 28 y 43 de la Ley General de
este resultado.” Contabilidad Gubernamental; 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 71
(…) párrafo primero fracción IX, 109, 110, 111, 112, 113 y 120 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca y Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a
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