Page 10 - San Juan Lalana
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(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, emite:
“RESULTADO: AF-06 SIN OBSERVACIÓN Recomendación:
INFORME FINAL DE AUDITORÍA De la revisión a la información proporcionada por el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, 2023-OA/CPM/057/2024-RE-01.
Distrito de Choápam, Oaxaca y por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, Se le recomienda cancele la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda operado o como
se constató la ministración de los recursos siguientes: se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones,
programa o convenio respectivo; y que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado
N/P FONDO CANTIDAD de Oaxaca, la documentación y/o información que demuestre las acciones realizadas tendientes a
atender la recomendación formulada en el presente resultado.”
1 Ramo 28, Participaciones a Entidades Federativas y $19,360,310.00 (Diecinueve millones trescientos
(…)
Municipios sesenta mil trescientos diez pesos 00/100 M.N.)
2 III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura $80,570,981.45 (Ochenta millones quinientos
Social Municipal y de las Demarcaciones setenta mil novecientos ochenta y un pesos
Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) 45/100 M.N.)
3 IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de $15,204,556.76 (Quince millones doscientos cuatro
los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales mil quinientos cincuenta y seis pesos 76/100 M.N.)
del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
TOTAL $115,135,848.21 transcrito, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por
N/P CONVENIO CANTIDAD aceptadas las observaciones realizadas.
1 Fondo para Entidades Federativas y Municipios $488,211.40 (Cuatrocientos ochenta y ocho mil
Productores de Hidrocarburos. doscientos once pesos 40/100 M.N.)
TOTAL $488,211.40
Los cuales fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que manejó el Municipio en el ejercicio Incumpliendo con lo establecido en el artículo 70 fracción II de la Ley General de
fiscal 2023, identificando que los recursos fueron depositados en las cuentas bancarias productivas Contabilidad Gubernamental.
especificas aperturadas para el ejercicio fiscal 2023 y cuentan con su documentación comprobatoria
y justificativa correspondiente.” Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
como no solventado el Resultado: AF-07
(…)
Debido a lo anterior, este Resultado: AF-06 permanece sin observaciones. El siguiente Resultado: AF-08 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
El siguiente Resultado: AF-07 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que (…) CON OBSERVACIÓN
se transcribe a continuación:
“RESULTADO: AF-08
(…)
“RESULTADO: AF-07 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a las cuentas respectivas de la muestra seleccionada, se constató que la entidad De la revisión a la sub-subcuenta 51111-1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA; se constató que la
fiscalizable, realizo pagos con recursos relativos al Ramo 33 fondo III, Fondo de Aportaciones para la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $5,031,734.61 (Cinco millones treinta
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN) y del y un mil setecientos treinta y cuatro pesos 61/100 M.N.), observando que los registros contables y
Ramo 33 fondo IV Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), observando que no llevo a cabo la al tabulador salarial autorizado, plantilla de personal autorizada y expedientes de personal que acredite
cancelación de la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda “Operado” o como se la relación laboral con el Municipio, así mismo, la nómina presentada carece de las firmas de recibido
establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, por parte de los trabajadores, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
programa o convenio respectivo.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
mexicanos; y 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 70 fracción II de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental.
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