Page 13 - San Juan Lalana
P. 13
Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina Financiera (…) CON OBSERVACIÓN INFORME FINAL DE AUDITORÍA
de las Entidades Federativas y los Municipios; 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos
mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la “RESULTADO: AF-12
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2411 MATERIALES PÉTREOS, se constató que el H. Ayuntamiento del
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. cantidad de $197,200.00 (Ciento noventa y siete mil doscientos pesos 00/100 M.N), observando que los
registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable,
acción: en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, proceso de licitación o en su caso
Pliego de observaciones: justificación a la adjudicación, asimismo, no presentó evidencia de los materiales adquiridos; como se
detalla a continuación:
2023-OA/CPM/057/2024-PO-07.
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $35,700.00 (Treinta y cinco NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE IMPORTE
mil setecientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” IMPORTE FINANCIAMIENTO FECHA O
(…) TRANSFERENCIA
BANCARIA
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente 001098 12/07/2023 197,200.00 000321 12/08/2023 197,200.00 APORTACIONES Banco CHEQUE 197,200.00
transcrito en cantidad de $35,700.00 (Treinta y cinco mil setecientos pesos 00/100 M.N.), no (RAMO 33 Mercantil del PAGADO-
ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior 12/07/2023 Norte, S.A.,
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las FONDO IV) - CTA.1214038650 000023
observaciones realizadas. RECURSOS
FEDERALES
Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 34 de la Constitución Política de TOTAL $197,200.00 $197,200.00 $197,200.00
los Estados Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo Continúa a la derecha …
tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28
de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y COMPROBANTE IMPORTE
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO OBSERVADO
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye 12/07/2023 617B7A1F-F2E6-4EA2- CASA MATERIALISTA Y 197,200.00 60 ARENA MT3. 197,200.00
como no solventado el Resultado: AF-11. 92CD-49B1406509B7 MAQUINARIA RAMIL
El siguiente Resultado: AF-12 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se $197,200.00 $197,200.00
transcribe a continuación:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/057/2024-PO-08.
Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $197,200.00 (Ciento
noventa y siete mil doscientos pesos 00/100 M.N), conforme a la observación detallada en este
resultado.”
(…)
11