Page 28 - San Juan Lalana
P. 28

veintisiete mil doscientos noventa y cuatro pesos 81/100 M.N.), observando que la partida no se               (…)
                                        encuentra aprobada en el Presupuesto de Egresos; así mismo, los registros contables y presupuestarios,
INFORME FINAL DE AUDITORÍA              no se encuentran respaldados con la documentación justificativa, relativa a la demanda que fue                “RESULTADO: AF-32  SIN OBSERVACIÓN
                                        interpuesta ante las autoridades correspondientes; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15.
                                                                                                                                                      De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3981 IMPUESTO SOBRE NOMINAS Y OTROS QUE SE DERIVEN DE UNA
                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina Financiera        RELACIÓN LABORAL; se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de
                                        de las Entidades Federativas y los Municipios; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad  Choápam, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $133,706.00 (Ciento treinta y tres
                                        Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad          mil setecientos seis pesos 00/100 M.N.), constatando que los registros contables y presupuestarios se
                                        Hacendaria.                                                                                                   encuentran debidamente soportados con su documentación comprobatoria y justificativa del gasto.”

                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente         (…)
                                        acción:
                                                                                                                                                      Debido a lo anterior, este Resultado: AF-32 permanece sin observaciones.
                                        Pliego de observaciones:
                                                                                                                                                      El siguiente Resultado: AF-33 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                        2023-OA/CPM/057/2024-PO-27.                                                                                   se transcribe a continuación:

                                        Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la           (…)                CON OBSERVACIÓN
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $427,294.81 (Cuatrocientos
                                        veinte siete mil doscientos noventa y cuatro pesos 81/100 M.N.), conforme a la observación detallada en       “RESULTADO: AF-33
                                        este resultado.”
                                                                                                                                                      De la revisión a la sub-subcuenta 51391-3993 OTROS SERVICIOS GENERALES, se constató que el H.
                                     (…)                                                                                                              Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam, Oaxaca, afectó el Presupuesto
                                                                                                                                                      de Egresos en cantidad de $2,897,427.15 (Dos millones ochocientos noventa y siete mil cuatrocientos
                            Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                                       veintisiete pesos 15/100 M.N.), observando que la partida no se encuentra aprobada en el Presupuesto
                            Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                                    de Egresos; así mismo, los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la
                            transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-15-SOL, en cantidad de $427,294.81                                        documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme
                            (Cuatrocientos veinte siete mil doscientos noventa y cuatro pesos 81/100 M.N.), no                                        a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en
                            ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior                          cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo,
                            y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las                                       no presentó evidencia de los servicios contratados; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16.
                            observaciones realizadas.
                                                                                                                                                      Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina Financiera
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina                               de las Entidades Federativas y los Municipios; 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos
                            Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley                           mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la
                            General de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley                                       Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                            Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                                                                      Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                                                                                                                                                      Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
                            Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye                             Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            como no solventado el Resultado: AF-31.
                                                                                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            El siguiente Resultado: AF-32 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el Informe Preliminar de                                    acción:
                            Auditoría, mismo que se transcribe a continuación:

                            26
   23   24   25   26   27   28   29   30   31   32   33